MADRID, España.- Durante la Mesa Redonda de este jueves, el ministro de Economía de Cuba, Joaquín Alonso Vázquez, detalló cómo funcionará el nuevo sistema de transacciones en divisas, que condiciona el uso del dólar a la autorización estatal, refuerza el control bancario y deja fuera a quienes no encajen en las áreas definidas por el régimen.
El Gobierno cubano ofreció la víspera nuevas precisiones sobre el funcionamiento del Decreto-Ley 113, que regula las transacciones en divisas dentro de la economía nacional, y dejó claro que el acceso al sistema no será libre ni general, sino condicionado a que los actores económicos desarrollen actividades consideradas “priorizadas” por el Estado.
Durante la emisión de la Mesa Redonda, Joaquín Alonso Vázquez vinculó estas normas al objetivo número uno del Programa de Gobierno para «corregir distorsiones y reimpulsar la economía», enfocado —según dijo— en la estabilización macroeconómica del país.
Una dolarización “no deseada”, pero asumida
Alonso Vázquez reconoció que el Decreto-Ley 113 se inscribe en un proceso de dolarización parcial de la economía, una condición que calificó como “no deseada”, aunque afirmó que resulta “imprescindible” en el contexto actual. Según explicó, la norma crea el marco legal para que las transacciones en divisas puedan realizarse de forma oficial en el país, en un escenario donde distintos actores económicos ya operan bajo múltiples tasas de cambio y circuitos monetarios diferenciados.
El ministro sostuvo que el objetivo es evitar que esas relaciones “afecten o beneficien a unos u otros”, aunque el diseño del sistema establece nuevas jerarquías de acceso, determinadas por la política económica del Gobierno.
Control estatal sobre la divisa
Entre los objetivos explícitos de la norma se encuentra ordenar el sistema de gestión, control y asignación de divisas, lo que implica —según la propia explicación oficial— que primero el Estado concentre la moneda extranjera, luego la controle y finalmente decida cómo se distribuye.
También se regulan las operaciones desde y hacia cuentas bancarias en divisas, se definen las fuentes consideradas “lícitas” de acceso a la moneda extranjera y se precisan qué transacciones internas estarán autorizadas. En este punto, el funcionario subrayó que el acceso a divisas no puede producirse “a cualquier costo” y debe ajustarse a las normas del Estado y la Constitución.
¿Quiénes podrán operar en divisas?
El ministro detalló que el sistema abarca a todos los actores económicos, pero aclaró que se trata únicamente de quienes realizan actividad económica. En ese grupo se incluyen empresas estatales, Mipymes estatales y privadas, cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, trabajadores por cuenta propia, campesinos, artistas, así como personas jurídicas extranjeras o mixtas, contratos de asociación económica internacional y operadores de la Zona Especial de Desarrollo Mariel (ZEDM).
Quedan explícitamente fuera del alcance de la norma las personas naturales que no realizan actividad económica, lo que excluye a gran parte de la población del acceso directo al sistema.
Además, solo podrán operar en divisas aquellos actores cuyas actividades estén vinculadas a exportaciones, sustitución de importaciones u otras áreas productivas y de servicios priorizadas, un criterio definido de forma unilateral por el Estado.
Fuentes de divisas y vigilancia bancaria
El Gobierno reconoció como fuentes válidas de divisas los ingresos por exportaciones, comercio electrónico desde el exterior, financiamientos y prefinanciamientos externos, donativos, proyectos de cooperación, ventas a la ZEDM, operaciones con medios de pago electrónicos, compras en el mercado cambiario, asignaciones centralizadas y otras que determine la autoridad competente.
Para operar, los actores autorizados deberán abrir cuentas en divisas en el sistema bancario cubano, proceso que estará regulado por normas del Banco Central de Cuba. Los solicitantes deberán informar quiénes son sus proveedores y clientes, cuál es su actividad económica y someterse a los procedimientos establecidos, lo que refuerza el control y la trazabilidad de cada operación financiera.
Retención de divisas y Caja Central
En el caso de las empresas estatales exportadoras, el ministro dijo que se aplicarán esquemas de autofinanciamiento que les permitirán retener hasta el 80 % de sus ingresos en divisas, mientras que el 20 % restante será aportado a la Caja Central. Para otras entidades estatales con menor necesidad de divisas, la asignación será “estrictamente necesaria”, y cualquier remanente también se entregará al Estado.
Alonso Vázquez justificó este mecanismo alegando que las empresas estatales reciben subsidios en moneda nacional, como energía e infraestructura a precios inferiores a su costo real en divisas.
Legalizar la escasez
Durante la Mesa Redonda, el ministro admitió que muchos actores económicos enfrentan dificultades para pagar suministros y recurren a mecanismos informales que los colocan en la ilegalidad. La solución propuesta por el Gobierno, sin embargo, no elimina las causas de fondo de esa situación, sino que legaliza el acceso a divisas solo para quienes cumplan con los requisitos y prioridades estatales, manteniendo fuera del sistema a quienes no encajen en ese esquema.
Lejos de abrir el mercado cambiario, las aclaraciones ofrecidas confirman que el nuevo modelo consolida un sistema de acceso condicionado al dólar, donde la divisa circula bajo autorización administrativa y supervisión permanente del Estado.








