enero 20, 2026

Incluyen a jueces y fiscales que condenaron a manifestantes de Encrucijada en lista de represores

Se añadieron a un listado previo "otros cuatro juristas servidores del régimen comunista".
Autoridades locales de Encrucijada durante la protesta pacífica del 7 de noviembre de 2024
Autoridades locales de Encrucijada durante la protesta pacífica del 7 de noviembre de 2024 (Captura de video: Archivo)

MIAMI, Estados Unidos. – El proyecto Represores Cubanos de la Fundación para los Derechos Humanos en Cuba (FHRC) informó este lunes la incorporación a su lista de “represores de cuello blanco” de varios jueces y fiscales a los que responsabiliza por las condenas impuestas a seis residentes de Encrucijada (Villa Clara) que participaron en una protesta pacífica el 7 de noviembre de 2024 para exigir el restablecimiento del servicio eléctrico tras más de 48 horas de apagón.

De acuerdo con una nota de prensa de la propia organización, se añadieron al listado “otros cuatro juristas servidores del régimen comunista” vinculados a “las injustas condenas de hasta ocho años de prisión dictadas el pasado 15 de enero” en ese caso.

La FHRC identificó entre los señalados a los fiscales Ayrebi Miranda Pérez, quien ya había sido incluida en la lista tras presentar las conclusiones provisionales del caso en junio de 2025, y Yosmel Guevara Herrera, así como a los jueces Aimee Caraballé Corrales, María Teresa Domínguez Rodríguez y Justo Gustavo Faife Hernández.

La FHRC sostuvo que, en el “Expediente de Fase Preparatoria 944 de 2024”, Miranda Pérez describió como hechos imputados que los acusados “llevaran y tocaran calderos y gritaran ‘Queremos corriente’ ante la sede municipal de la Asamblea del Poder Popular y el Partido Comunista”.

Por esos actos, la organización afirmó que el fiscal los acusó de desórdenes públicos y “solicitó penas de cuatro a nueve años de prisión”, peticiones que, añadió, fueron presentadas en el juicio por el fiscal Guevara Herrera, de acuerdo con el comunicado.

En cuanto al tribunal, la nota de prensa indicó que Caraballé Corrales, Domínguez Rodríguez y Faife Hernández impusieron sanciones de “cinco a ocho años”. La Fundación citó la “sentencia número 4 de 2026 expedida el 15 de enero de 2026”, en la que, según el texto, los magistrados afirmaron que los procesados “decidieron aglomerarse frente a las sedes del Gobierno y el Partido (Comunista), donde una vez allí incitaron a otras personas a que se sumaran a la protesta y obstaculizaban la vía pública”.

El comunicado contrapuso esa caracterización con materiales audiovisuales que, aseguró, circularon en redes sociales: “Sin embargo, en videos difundidos en las redes sociales se escucha y observa a manifestantes que exigían de manera pacífica sus derechos tocando cazuelas y reclamando que pusieran la corriente, justamente donde el gobierno ha dicho que son lícitas las protestas, es decir, ante las autoridades”, afirmó la FHRC.

La organización también señaló que el proceso tuvo “gran visibilidad en medios independientes y del exilio cubano”, especialmente por el encarcelamiento del escritor José Gabriel Barrenechea Chávez. La madre del escritor, enferma de cáncer, pidió verlo antes de morir y falleció sin verlo, tras ser denegada la petición por el jefe de la prisión La Pendiente, Yurianis Speck Rosillo.

En el detalle de las peticiones fiscales y las sanciones consignadas en la nota de prensa, la Fundación enumeró que Yandri Torres Quintana recibió una petición de nueve años y una sanción de ocho; Rafael Javier Camacho Herrera, petición de nueve y sanción de siete; José Gabriel Barrenechea Chávez, petición y sanción de seis; Rodel Bárbaro Rodríguez Espinosa, petición y sanción de cinco; Yuniesky Lorences Domínguez, petición de cuatro y sanción de tres años de trabajo correccional sin internamiento; y Marcos Daniel Díaz Rodríguez, petición y sanción de cinco años de limitación de libertad, de acuerdo con el comunicado.

Finalmente, el proyecto Represores Cubanos estimó que, en este caso, esos juristas “habrían cometido” delitos que califica como “los crímenes de lesa humanidad de encarcelamiento y persecución por motivos políticos”, además de “falta de garantías procesales y violación del derecho a un juicio justo y un tribunal imparcial, contemplados en los artículos 7-11 y 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos”, y “el delito internacional de prevaricación”.

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