MIAMI, Estados Unidos. – El Gobierno cubano anunció que las empresas extranjeras radicadas en la Isla podrán decidir si contratan de manera directa a sus trabajadores o si continúan haciéndolo a través de las tradicionales empleadoras estatales, una modificación parcial del esquema laboral que ha regido la inversión foránea durante décadas.
El anuncio lo hizo este martes el viceprimer ministro y ministro de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, Óscar Pérez-Oliva, durante el VIII Foro de Inversiones de la Feria Internacional de La Habana (FIHAV 2025), según la Agencia Cubana de Noticias (ACN).
Pérez-Oliva describió la medida como un “elemento de flexibilización importante” para los inversores, al explicar que, después del proceso de selección del personal que hoy sigue en manos de la entidad empleadora estatal, será la empresa extranjera la que decida si el contrato se hace de forma directa o se mantiene el método actual, en que el vínculo formal pasa por la empleadora.
De acuerdo con la ACN, “la entidad empleadora podrá participar en la selección del personal”, mientras que “la decisión final de contratación la tomará el inversionista”, ya sea directa o a través de esa empresa estatal.
Las autoridades presentaron el cambio como parte de un paquete más amplio de decisiones para “flexibilizar y agilizar” la inversión extranjera en Cuba, el cual incluiría un nuevo esquema financiero para operar en moneda nacional y en divisas, plazos más cortos para aprobar negocios y facilidades operativas adicionales.
Pérez-Oliva aseguró que el objetivo de la reforma laboral específica es dotar a las empresas de capital foráneo de “más flexibilidad”, reducir la alta rotación de personal y “proteger los recursos humanos calificados”, un problema recurrente en un contexto de fuerte emigración de mano de obra.
Sin embargo, el Gobierno no precisó a partir de qué fecha entrará en vigor el nuevo esquema de contratación. La agencia EFE señala que Pérez-Oliva se limitó a afirmar que los cambios se implementarán mediante “varios decretos”, mientras la prensa oficial habla de una nueva norma que sustituirá al Decreto 325 —reglamento de la Ley 118 de Inversión Extranjera— y de la actualización de otras resoluciones del Ministerio.
La ACN añade que “en los próximos días se darán a conocer las normativas que los respaldan”, sin detallar plazos concretos ni el contenido jurídico final.
Hasta ahora, la regla general para los negocios con capital extranjero en Cuba ha sido la contratación indirecta. La Ley 118 de Inversión Extranjera y su normativa complementaria establecen que el inversionista paga en divisas a una empresa empleadora estatal, que a su vez firma el contrato de trabajo con el cubano y le abona su salario en pesos cubanos (CUP), aun cuando la negociación salarial con la compañía foránea se pacta en una moneda fuerte.
En 2020, el Banco Central de Cuba insistió en que “los empleados recibirán el 100% del salario en pesos cubanos”, incluso en los negocios con capital extranjero, a partir de niveles salariales acordados entre la empresa y la empleadora.
El nuevo anuncio no modifica de forma explícita ese principio. Según la ACN, la “significativa novedad” se concentra en la “contratación y remuneración de la fuerza de trabajo”, pero lo que se introduce es la posibilidad de que, tras la intervención de la empleadora estatal en la selección, el contrato posterior pueda ser directo entre el inversor y el trabajador, y que se paguen “gratificaciones en divisas” con cargo a utilidades, mediante pagos bancarizados, siempre que la empresa genere ingresos externos.
Ni la ACN ni el diario estatal Trabajadores aclaran si el salario básico dejará de fijarse y pagarse en CUP, ni si las empresas seguirán pagando en divisas a la empleadora para que esta convierta ese dinero a moneda nacional, como ocurre hoy.
Durante años, el sistema de empleadoras estatales ha sido motivo de críticas de organizaciones de derechos humanos y especialistas en derecho laboral, que lo consideran un mecanismo de control político y económico sobre los trabajadores del sector con capital extranjero.
Human Rights Watch ha señalado que, bajo la legislación vigente, las empresas foráneas solo pueden contratar personal cubano a través de agencias controladas por el Estado, lo que deja en manos de las autoridades la selección de los empleados y condiciona su libertad sindical.
Mientras, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en un informe de 2023, describió a estas entidades como intermediarias obligatorias en sectores estratégicos —incluida la construcción y los servicios técnicos—, con fuerte capacidad de decisión sobre las condiciones laborales.
La reforma anunciada se presenta, por tanto, como un giro parcial sobre un modelo que ha permitido al Estado apropiarse de una parte significativa del salario real que pagan los inversionistas. Investigaciones académicas sobre la Ley 118 señalan que, en la práctica, el extranjero entrega el salario en divisas a la empleadora y esta paga al trabajador en CUP, mientras retiene un margen que puede ser considerable, especialmente cuando se aplican tipos de cambio artificiales en zonas como el Mariel.
Pese a la trascendencia potencial para cientos de miles de trabajadores vinculados a la inversión extranjera, las autoridades no han dado detalles sobre aspectos clave: cómo se escogerá a los candidatos en la práctica, si la “participación” de las empleadoras en la selección seguirá siendo decisiva, qué margen real tendrán las empresas para fijar salarios, y si la reforma alterará las restricciones que pesan sobre la organización sindical independiente en el sector.








