MADRID, España.- El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) aprobó una nueva escala salarial para los trabajadores del sector presupuestado, que fija remuneraciones entre 3.210 y 14.535 pesos cubanos (CUP) mensuales, según la categoría ocupacional, el grupo de complejidad y el régimen de trabajo.
La medida quedó establecida en la Resolución 15/2026, firmada el 15 de julio por el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Jesús Otamendi, y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 8 del 28 de julio. La disposición tiene efecto retroactivo al 1 de julio y los nuevos salarios comenzarán a pagarse a partir de agosto.
La norma crea una escala de 32 grupos de complejidad para los trabajadores del sector presupuestado. En el caso de quienes laboran jornadas de 44 horas semanales, el salario básico parte de 3.210 CUP en el grupo I y alcanza 14.535 CUP en el grupo XXXII. Para las jornadas de 40 horas, la escala va de 2.920 CUP a 13.215 CUP.
La resolución distribuye los cargos por categorías ocupacionales: los trabajadores de servicios se ubican entre los grupos I y VI; los administrativos, entre los grupos III y VII; los operarios, entre los grupos II y VIII; los técnicos, entre los grupos VII y XXV; y los cuadros, entre los grupos XVII y XXXII.
Asimismo, mantiene los pagos adicionales ya existentes por condiciones laborales anormales, trabajo nocturno, títulos académicos, certificaciones internacionales y otros incentivos contemplados en la legislación vigente. También conserva el tratamiento salarial especial para determinados cargos de dirección, choferes con horario irregular y trabajadores del municipio de Caimanera, en Guantánamo.
La resolución establece además los grupos salariales para los recién graduados durante el cumplimiento del servicio social cuando aún no ocupan un cargo específico.
Un incremento limitado frente al costo de la vida
El reajuste salarial ocurre en un contexto marcado por la pérdida del poder adquisitivo de los salarios estatales debido al sostenido aumento de los precios. Aunque la nueva escala eleva el salario básico del grupo más bajo del sector presupuestado a 3.210 CUP para jornadas de 44 horas, esa cifra continúa siendo insuficiente para cubrir el costo de los productos básicos que las familias adquieren tanto en el mercado informal como en establecimientos que comercializan en divisas.
Diversos economistas han advertido en los últimos años que los incrementos nominales de salarios, sin un aumento paralelo de la producción nacional y de la oferta de bienes y servicios, tienden a perder rápidamente su efecto sobre el poder adquisitivo en un escenario de alta inflación.
La Resolución 15/2026 no incluye medidas dirigidas a contener el alza de los precios ni modifica la política monetaria o cambiaria del país. Tampoco constituye una reforma salarial general, sino que regula exclusivamente las remuneraciones del sector presupuestado.
La propia Gaceta Oficial aclara que esta publicación corresponde a una copia corregida de la resolución, luego de que la versión difundida inicialmente contuviera datos inexactos atribuidos al organismo emisor.









