MIAMI, Estados Unidos ― El régimen cubano eliminó 46 actividades del listado de prohibiciones para el sector no estatal y flexibilizó otras 35 mediante el Decreto 160/2026, publicado este martes en la Gaceta Oficial, pero mantuvo fuera del ámbito privado el periodismo, las agencias de noticias, la publicación de periódicos, la radio, la televisión, la enseñanza formal y la atención médica.
La norma sustituye el Decreto 107, de agosto de 2024, y establece un anexo que diferencia entre actividades de prohibición absoluta, actividades reservadas al Estado, actividades vedadas únicamente a los trabajadores por cuenta propia y actividades autorizables o condicionadas. Por tanto, la reducción del listado no equivale a una liberalización automática: numerosas operaciones seguirán dependiendo de licencias, certificaciones, concesiones administrativas o autorizaciones discrecionales de instituciones estatales.
Lázara Mercedes López Acea, presidenta del Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales, aseguró durante una conferencia de prensa que el decreto anterior contenía 125 actividades prohibidas, de las cuales 46 desaparecen y 35 cambian sus condiciones de ejercicio. La funcionaria negó que la apertura implique un cambio de modelo: “No es que estamos yendo a la privatización de la economía”. Según explicó, la empresa estatal socialista conservará el papel central, aunque el Gobierno ampliará la participación de los actores no estatales.
Entre las aperturas más significativas figura la posibilidad de que empresas privadas, mipymes y cooperativas participen directamente en la extracción de petróleo y gas natural, aunque únicamente con aprobación estatal. También se autoriza de forma condicionada la pequeña minería en zonas controladas, la fabricación de sustancias químicas básicas y de productos farmacéuticos, el ensamblaje de vehículos, motocicletas y triciclos, y la construcción de embarcaciones destinadas a la pesca comercial no estatal o a actividades recreativas autorizadas.
El decreto permite además a los actores no estatales generar y comercializar electricidad mediante fuentes renovables, gestionar residuos sólidos urbanos, plásticos y materiales aprovechables, y participar en la explotación de gasolineras. En este último caso se excluye a los trabajadores por cuenta propia y se exigen concesiones, asociaciones económicas, empresas mixtas u otras modalidades reguladas por el Estado.
Las empresas privadas, mipymes y cooperativas también podrán gestionar terminales, estaciones ferroviarias, carreteras, peajes, puentes y túneles mediante concesiones, arrendamientos u otros derechos sobre activos estatales. La operación de marinas y determinados servicios no críticos vinculados al transporte aéreo podrán autorizarse bajo condiciones similares, mientras el transporte marítimo internacional, turístico y de cruceros continúa excluido de la gestión directa no estatal.
En las industrias culturales y los servicios profesionales, la disposición autoriza de manera condicionada la producción audiovisual y cinematográfica, la creación de sellos discográficos y editoras musicales, la grabación y posproducción de sonido, el arrendamiento de equipos para producciones artísticas y los servicios de selección de elencos. También contempla la habilitación de centros de llamadas, la participación en eventos internacionales convocados por instituciones estatales y actividades como contabilidad, diseño, fotografía, programación, traducción certificada, veterinaria e ingeniería de energías renovables.
Uno de los principales cambios afecta al sector de la salud. Aunque la atención médica, odontológica y profesional continúa reservada al sistema estatal, el decreto autoriza a empresas privadas, mipymes y cooperativas a prestar servicios farmacéuticos, ópticos, de cuidados y de rehabilitación. Las investigaciones médicas en seres humanos y la atención institucional a personas con trastornos psicosociales o adicciones permanecen excluidas de la gestión no estatal.
Cristina Lara Bastanzuri, directora nacional de Medicamentos y Tecnologías Médicas del Ministerio de Salud Pública, explicó que las nuevas farmacias no estatales deberán contar con locales adecuados, personal farmacéutico calificado, habilitación del MINSAP y medicamentos con registro sanitario y autorización de comercialización. La funcionaria advirtió que “todo el tema de la gestión de los medicamentos es altamente regulado” y que la participación no estatal “también va a ser regulada”.
Lara Bastanzuri presentó esas farmacias como una alternativa ante el desabastecimiento que afecta a la red estatal, pero sostuvo que los establecimientos comunitarios subsidiados mantendrán sus precios y su personal. El Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales y el MINSAP supervisarán conjuntamente la calidad de los productos, los servicios prestados y los precios aplicados por los nuevos negocios.
La flexibilización permitirá asimismo la apertura de residencias privadas de cuidados diurnos, permanentes o mixtos para adultos mayores. Cada institución podrá disponer de un máximo de 60 plazas y deberá reservar el 10% de su capacidad para personas vulnerables asignadas por el MINSAP. Esas residencias no contarán con médicos propios: la atención sanitaria corresponderá al médico de familia o al facultativo designado por el municipio, que deberá visitarlas al menos una vez al mes.
Alberto Fernández Seco, jefe del Departamento de Adulto Mayor, Asistencia Social y Salud Mental del MINSAP, defendió la medida con una aclaración: “Esto es social, no es asistencial. O sea, si de alguna forma estamos privatizando, cuidado, no la salud pública”.
Pese a las nuevas aperturas, el Gobierno conserva amplias restricciones sobre la información. El decreto prohíbe a los actores no estatales publicar periódicos, libros y revistas, crear editoriales o agencias de noticias y ejercer actividades periodísticas. También mantiene bajo rectoría estatal las transmisiones de radio y televisión, los principales servicios de telecomunicaciones, la provisión de acceso público a internet mediante infraestructura propia y determinadas labores de ciberseguridad y detección de vulnerabilidades. La prensa especializada y los contenidos no noticiosos solo podrán operar cuando sean expresamente habilitados.
En educación, el régimen continúa impidiendo que negocios privados impartan enseñanza formal con titulación o certificación oficial y prohíbe la constitución de academias. El cuidado de niños podrá autorizarse, pero las clases de idiomas, repaso escolar, mecanografía, música y otras artes solo podrán ser ofrecidas por trabajadores por cuenta propia, sin contratar empleados. También siguen vedadas la gestión privada de bibliotecas, archivos, museos, casas de cultura, teatros, librerías y salas de conciertos, con la única excepción expresa de la venta de libros usados.
El listado mantiene fuera del sector no estatal la producción y venta mayorista de tabaco, los seguros y fondos de pensiones, las agencias de empleo, la seguridad privada empresarial y las actividades de asociaciones empresariales y profesionales. Las labores de escolta, guardaespaldas o seguridad en espacios públicos están prohibidas; solamente los trabajadores por cuenta propia podrán desempeñarse como porteros, serenos o cuidadores dentro de inmuebles. La actividad sindical tampoco se autoriza como negocio no estatal, aunque el decreto reconoce la constitución de organizaciones sindicales conforme a los denominados “principios unitarios fundacionales”.
La norma incorpora además una obligación de control para quienes alquilen viviendas, habitaciones o espacios a personas residentes en el exterior: deberán entregar al órgano competente del Ministerio del Interior los datos de identificación del arrendatario y de sus acompañantes.
El Decreto 160 entrará en vigor siete días después de su publicación. En ese mismo plazo, los organismos estatales encargados de cada actividad deberán emitir las disposiciones complementarias con los requisitos, procedimientos, licencias y mecanismos de supervisión. El Consejo de Ministros deberá revisar el listado al menos una vez cada dos años.
López Acea afirmó que en Cuba existen actualmente más de 15.600 mipymes aprobadas y calculó que la cifra podría aproximarse a 16.000 a finales de agosto.










