MIAMI, Estados Unidos ― La Cuban Electric Company demandó a la Unión Eléctrica (UNE) y Energas S.A. ante un tribunal federal de Washington por, presuntamente, explotar durante décadas centrales, redes de transmisión, instalaciones de gas y otros activos que el régimen de Fidel Castro le confiscó sin compensación en 1960.
La compañía solicita que la Justicia estadounidense triplique una indemnización base de 267,6 millones de dólares y añada intereses, costas y honorarios de abogados.
El recurso fue presentado el 29 de julio en el Tribunal Federal para el Distrito de Columbia y quedó registrado como Cuban Electric Company v. Unión Eléctrica et al. Se trata de una demanda en su etapa inicial: las acusaciones de la empresa todavía no han sido juzgadas ni existe una resolución sobre el fondo del litigio.
La demandante pide 267.568.413,62 dólares por daños efectivos, intereses previos a la sentencia a una tasa anual del 6% desde el 6 de agosto de 1960, la triplicación de la indemnización prevista por la Ley Helms-Burton, intereses legales y posteriores al fallo, así como el reembolso de los gastos judiciales. El triple del principal certificado —sin calcular los intereses— ronda los 802,7 millones de dólares.
El monto principal no fue calculado unilateralmente por la compañía. La Comisión para la Liquidación de Reclamaciones Extranjeras de Estados Unidos certificó en una decisión final de agosto de 1970 que Cuban Electric Company había sufrido una pérdida de 267.568.413,62 dólares por la nacionalización de sus propiedades, más un interés anual del 6% desde la fecha de la confiscación hasta un eventual acuerdo.
Cuban Electric Company fue constituida en Florida en 1927 y comenzó al año siguiente a adquirir pequeñas empresas de servicios públicos en la Isla. Durante las tres décadas siguientes más que duplicó la capacidad de generación de sus instalaciones y, para 1960, producía más del 90% de la electricidad vendida en Cuba, además de suministrar gas manufacturado en La Habana.
La nacionalización incluyó 12 centrales eléctricas, más de 6.600 millas de líneas de transmisión, el sistema de gas de La Habana, subestaciones, terrenos, edificios, talleres, almacenes, vehículos y el Centro de Servicios de Capdevila, donde se encontraban las oficinas generales de la compañía. La red habanera de gas tenía una planta de producción, depósitos, estaciones de refuerzo y unas 230 millas de tuberías que atendían entonces a alrededor de 55.000 clientes.
La demanda sostiene que una parte sustancial de esos bienes continúa incorporada al sistema energético estatal. En La Habana identifica la antigua central de Tallapiedra, donde afirma que funciona una subestación vinculada a la red soterrada de La Habana Vieja; la antigua central de Regla, utilizada como punto de atraque de una patana de generación eléctrica; y Rincón de Melones, convertido en una subestación y complejo gasífero conectado con el servicio de gas manufacturado de la capital.
El escrito también asegura que la antigua central O’Bourke, en la bahía de Cienfuegos, ocupa el mismo terreno donde opera actualmente la Central Termoeléctrica (CTE) Carlos Manuel de Céspedes; que la antigua CTE de Santiago forma parte del complejo Antonio Maceo, conocido como Renté; y que la hidroeléctrica de Guaso continúa conectada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). La compañía agrega que su vieja red de transmisión y distribución se convirtió en la base de la infraestructura eléctrica nacional y que el Centro de Capdevila funciona ahora como sede de la Empresa Eléctrica de La Habana.
La acción se ampara en el Título III de la Ley Helms-Burton, que responsabiliza a quienes administren, utilicen, posean o desarrollen actividades comerciales con propiedades confiscadas en Cuba sin autorización de sus propietarios. “Los demandados han traficado y continúan traficando con la propiedad confiscada”, afirma el recurso, que atribuye a la UNE y Energas beneficios económicos derivados de la generación, transmisión y venta de electricidad y gas.
La demanda describe a Energas como una empresa mixta controlada en dos terceras partes por la UNE y la estatal Unión Cubapetróleo (CUPET), mientras el tercio restante corresponde a la canadiense Sherritt International. Los estados financieros de Sherritt para 2025 confirman esa distribución y señalan que Energas dispone de 506 megavatios de capacidad instalada, cerca del 10% de la capacidad de generación nacional. CUPET le suministra gratuitamente el gas y la UNE compra toda la electricidad producida mediante contratos de largo plazo.
Sherritt informó que durante 2025 recibió en Canadá dividendos de Energas por 26 millones de dólares canadienses. Sin embargo, el 15 de mayo anunció que había decidido entregar su participación y notificar la disolución de la sociedad, tras suspender su intervención directa en negocios conjuntos con el régimen cubano debido a nuevas sanciones estadounidenses. La propia empresa advirtió que el proceso podía tardar meses o años.
El litigio llega poco más de un mes después de que la Corte Suprema de Estados Unidos facilitara este tipo de acciones contra empresas estatales cubanas. En un fallo de seis votos contra tres, emitido el 23 de junio en el caso de Exxon Mobil contra CIMEX y CUPET, la mayoría concluyó que “la Ley Helms-Burton por sí misma abroga la inmunidad soberana de las agencias e instrumentalidades cubanas” y que los demandantes no necesitan demostrar además una excepción bajo la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras.
El Título III había sido aprobado en 1996, pero el derecho a demandar permaneció suspendido por sucesivos gobiernos estadounidenses hasta mayo de 2019. La norma permite a ciudadanos y compañías estadounidenses reclamar contra personas o entidades que obtengan beneficios comerciales de propiedades confiscadas por el régimen cubano a partir de 1959.
El Departamento de Justicia indica que Estados Unidos mantiene 5.913 reclamaciones certificadas contra Cuba, con un principal conjunto superior a 1.900 millones de dólares, pero no existe un fondo de pago ni un acuerdo bilateral que las haya liquidado.










