MIAMI, Estados Unidos ― Un trabajador del Hospital General “Saturnino Lora”, en Santiago de Cuba, fue condenado a 12 años de privación de libertad por apropiarse de más de 5.700 litros de diésel destinados a los grupos electrógenos del centro, venderlos en el mercado informal y verter una cantidad similar de agua en el tanque de reserva para ocultar el faltante, una maniobra que dejó inoperantes esos equipos durante una desconexión del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) e interrumpió el tratamiento de pacientes conectados a ventiladores pulmonares mecánicos, informó el Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba en una nota difundida este martes.
De acuerdo con la información judicial, el acusado trabajaba como especialista B en ahorro y uso racional de la energía en el hospital y era la única persona que controlaba el combustible diésel almacenado para el funcionamiento de los grupos electrógenos.
El Tribunal sostuvo que el trabajador extrajo los 5.742 litros de combustible de los depósitos y los vendió en el mercado informal. Para evitar que el faltante fuera detectado, reabasteció los grupos electrógenos con el diésel de reserva y, posteriormente, vertió una cantidad similar de agua en el tanque destinado a ese respaldo, con el propósito de que los inspectores de la Unidad Empresarial de Base de Generación de Energía y del Departamento de Economía no advirtieran la sustracción.
La contaminación del combustible provocó que, cuando se produjo una desconexión del SEN, los grupos electrógenos no pudieran funcionar. La nota oficial precisa que el delito afectó la prestación de servicios asistenciales en el Hospital Provincial y en el Cardiocentro, y ocasionó que cinco pacientes acoplados a ventiladores pulmonares mecánicos en la Unidad de Servicios Intensivos vieran interrumpido su tratamiento. También se obstruyeron y rompieron los filtros protectores y decantadores de los equipos.
Por estos hechos, el órgano judicial declaró al acusado responsable de “apropiación indebida” y “sabotaje”, delitos tipificados en el Código Penal cubano, y le impuso una sanción conjunta y única de 12 años de cárcel. Además, decretó sanciones accesorias de privación de derechos públicos, prohibición de ejercicio de cargo y prohibición de salida del territorio nacional, así como el pago de la responsabilidad civil correspondiente.
Al justificar la pena, el Tribunal afirmó que tomó en cuenta “la trasgresión del encargo estatal que ostentaba el acusado y el impacto negativo que su actuar tuvo en la vida de los pacientes ingresados en el centro asistencial, algunos de ellos en estado crítico y requeridos de respiración mecánica”, además de que los hechos ocurrieron “en un escenario energético de alta complejidad para el país”.
El Código Penal cubano prevé para el delito de “sabotaje” sanciones de siete a 15 años de privación de libertad cuando una persona, con el propósito de impedir u obstaculizar el funcionamiento normal de determinados bienes o sistemas, o a sabiendas de que puede producir ese resultado, destruye, altera, daña o perjudica fuentes energéticas, instalaciones o recursos vinculados a actividades priorizadas. La “apropiación indebida”, por su parte, sanciona a quien se apropia de bienes que le fueron confiados y contempla penas mayores cuando esos bienes son de considerable valor.
La nota del Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba indica que tanto el sancionado como la Fiscalía tienen derecho a interponer el recurso correspondiente contra la decisión judicial.









