MIAMI, Estados Unidos ― La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor del adolescente cubano Jonathan David Muir Burgos, de 16 años, detenido desde el 16 de marzo tras las protestas en Morón, Ciego de Ávila, al considerar que sus derechos a la vida, la integridad personal y la salud están en riesgo bajo custodia del Estado cubano.
En la Resolución 30/2026, adoptada este 24 de abril, la CIDH concluyó que el caso reúne los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad previstos en su reglamento, y pidió al Estado cubano adoptar medidas con enfoque de edad para proteger al adolescente, garantizarle atención médica inmediata, acceso a agua potable y alimentos suficientes, comunicación regular con su familia y abogados, así como condiciones de detención compatibles con estándares internacionales.
El organismo también solicitó que se precise si fue presentado ante un tribunal competente para revisar su detención y, de no haber ocurrido, que el Estado explique por qué no ha sido liberado.
La Comisión sostuvo que Jonathan se encuentra en una “situación de gravedad y urgencia” y que sus derechos a la vida, integridad personal y salud están en riesgo de “daño irreparable”. En su resolución, además, vinculó el caso con el derecho a la libertad de expresión y advirtió que la situación descrita podría tener un efecto de intimidación no solo sobre el adolescente, sino también sobre otros jóvenes en el contexto cubano.
El expediente fue iniciado a partir de una solicitud presentada el 1 de abril por la Fundación para la Democracia Panamericana. Según la información recogida por la CIDH, el adolescente y su padre fueron citados el 16 de marzo a una estación de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) en Morón, tres días después de las manifestaciones ocurridas en ese municipio, y luego trasladados al Departamento Técnico de Investigaciones de Ciego de Ávila. El padre fue liberado ese mismo día, pero el menor quedó retenido, presuntamente sin orden judicial ni explicación clara.
La parte solicitante informó a la CIDH que la familia desconoció durante varias horas el paradero del adolescente y que posteriormente supo que estaba siendo investigado por presunto “sabotaje” con base en consignas pronunciadas durante las protestas. La ONG Prisoners Defenders lo registra bajo prisión provisional y recluido en la prisión Canaleta, en Ciego de Ávila.
La resolución recoge denuncias sobre condiciones de reclusión descritas como “infrahumanas”: falta de higiene, alimentación deficiente, colchones infestados de chinches, presiones psicológicas e interrogatorios reiterados. La CIDH citó un mensaje atribuido al padre del adolescente, en el que este alertó: “no aguanto y me voy a morir”.
El 1 de abril, según la solicitud examinada por la Comisión, Jonathan fue trasladado a la prisión de Canaleta sin notificación previa a su familia ni a su abogado. La parte solicitante describió ese centro como de “alta peligrosidad” y señaló antecedentes de motines y muertes bajo custodia, incluido el suicidio reciente de un adolescente. La CIDH consideró preocupante que el traslado se hubiera producido sin documentación formal conocida por la familia y que, tras su ingreso a Canaleta, circularan rumores de que había sido golpeado.
Además, la CIDH recogió información según la cual Jonathan padece una condición dermatológica crónica compatible con dishidrosis, infecciones cutáneas recurrentes y afecciones vesiculares en manos y pies, con secreción purulenta, dolor e impotencia funcional. También señaló que debía iniciar el 18 de marzo un tratamiento inmunológico específico, pero no habría podido hacerlo debido a su detención.
A ese cuadro se suma una afección gastrointestinal severa reportada el 20 de abril, con episodios prolongados de diarrea, dolor abdominal intenso y debilidad generalizada. La solicitud informó que el 15 de abril el adolescente sufrió siete episodios de diarrea en un solo día, que las autoridades penitenciarias inicialmente se habrían negado a suministrarle sales de hidratación y que, según lo reportado, padece parasitismo intestinal por giardiasis y amebiasis sin tratamiento médico oportuno.
La Comisión también tuvo en cuenta que la primera visita familiar en Canaleta habría ocurrido el 13 de abril, 12 días después del traslado, y que los familiares observaron deterioro físico y emocional, pérdida de peso, debilidad, angustia, tristeza profunda y afectación psicológica. Una visita prevista para el 15 de abril habría sido cancelada sin justificación, lo que la familia interpretó como represalia por sus denuncias públicas.
El organismo interamericano señaló que, aunque el adolescente habría podido hacer llamadas telefónicas, estas se realizarían en horarios irregulares, incluso alrededor de la 1:00 de la madrugada, y que durante esas comunicaciones habría mostrado angustia, desesperación y deterioro psicológico. La CIDH subrayó que no cuenta con información de que esté recibiendo atención psicológica en el centro penitenciario.
El Estado cubano no respondió al requerimiento de información enviado por la CIDH el 9 de abril, pese a que el plazo otorgado ya había vencido al momento de aprobarse la resolución. La Comisión indicó que esa falta de respuesta le impide conocer las observaciones oficiales o las medidas adoptadas para atender la situación de riesgo denunciada.
La CIDH recordó que en Cuba persisten restricciones arbitrarias al derecho de reunión, asociación y libertad de expresión, especialmente vinculadas con protestas sociales desde julio de 2021, y citó datos según los cuales al menos 543 personas permanecen privadas de libertad por participar en manifestaciones. También aludió a denuncias sobre restricciones a beneficios penitenciarios, limitaciones al contacto familiar, condiciones carcelarias inhumanas y deficiencias en la atención médica.
Prisoners Defenders informó en abril que, al cierre de marzo de 2026, registraba 1.250 presos políticos y de conciencia en Cuba, entre ellos 33 personas detenidas siendo menores de edad. La organización incluyó expresamente a Jonathan David Muir Burgos y Cristian Crespo Álvarez entre los menores recluidos en la prisión de adultos de Canaleta y pidió su liberación inmediata por su vulnerabilidad.
La CIDH pidió a Cuba que informe, en un plazo de 15 días desde la notificación de la resolución, las acciones adoptadas para cumplir las medidas cautelares y que actualice esa información periódicamente. El organismo aclaró que el otorgamiento de las medidas no prejuzga sobre violaciones a derechos protegidos por la Convención Americana u otros instrumentos aplicables; aun así, su decisión coloca el caso de Jonathan Muir bajo supervisión internacional directa en un momento en que el deterioro de su salud, la falta de respuesta estatal y su condición de menor de edad elevan el nivel de urgencia del expediente.







