El Estado cubano es responsable por las violaciones de DD.HH. de los integrantes de Cubalex, concluye la CIDH

La CIDH declaró que el Estado cubano violó, en perjuicio de los integrantes de Cubalex, los derechos a la vida, la libertad, la seguridad y la integridad personal, entre otros.
Los abogados Julio Ferrer y Laritza Diversent (Foto: Cubalex)

MIAMI, Estados Unidos ― La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró responsable al Estado cubano por una cadena de hostigamiento, vigilancia, intervención de comunicaciones, restricciones migratorias, allanamientos y detenciones arbitrarias contra integrantes del Centro de Información Legal Cubalex y el abogado Julio Alfredo Ferrer Tamayo

El organismo recomendó reparar integralmente a las víctimas, investigar a los responsables y adoptar garantías para impedir nuevas represalias contra personas defensoras de derechos humanos.

Cubalex y el Robert & Ethel Kennedy Human Rights Center celebraron la decisión en un comunicado difundido este 20 de julio y señalaron que es el resultado de más de ocho años de litigio ante el organismo interamericano.

La petición relacionada con Cubalex fue recibida por la CIDH el 4 de junio de 2018 y documentó represalias iniciadas después de que la organización comenzara a cooperar con mecanismos internacionales de derechos humanos. La Comisión constató detenciones, interrogatorios, amenazas, campañas de desprestigio, vigilancia y prohibiciones de viaje, particularmente después de la participación de sus integrantes en el Examen Periódico Universal de Naciones Unidas, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y audiencias de la propia CIDH.

El organismo también examinó la negativa de las autoridades cubanas a reconocer legalmente a Cubalex y concluyó que fue arbitraria, pues estuvo sustentada en criterios contradictorios y careció de una justificación adecuada. La vigilancia, el seguimiento, la intervención de comunicaciones y las restricciones migratorias tampoco fueron justificadas por el Estado ni estuvieron sometidas a control judicial, y fueron utilizadas para entorpecer el trabajo de la organización y atemorizar a sus miembros.

Uno de los episodios centrales ocurrió el 23 de septiembre de 2016, cuando agentes estatales irrumpieron en la sede de Cubalex en La Habana, que era también el domicilio de su directora, la abogada Laritza Diversent. Durante el operativo, las autoridades entraron por la fuerza, confiscaron computadoras, documentos, archivos de trabajo, teléfonos y tarjetas SIM, e interrogaron y sometieron a registros corporales a varios integrantes de la organización. La CIDH determinó que esas actuaciones constituyeron injerencias arbitrarias en la vida privada, profesional y asociativa de las víctimas.

La Comisión concluyó que el hostigamiento estatal y la ausencia de mecanismos internos de protección obligaron a casi todos los integrantes de Cubalex y a familiares cercanos a abandonar Cuba. Ese desplazamiento afectó sus derechos de residencia y circulación y perjudicó la continuidad del trabajo de la organización en defensa de los derechos humanos. Cubalex opera actualmente desde el exilio.

El segundo caso examinado corresponde a Julio Alfredo Ferrer Tamayo, abogado e integrante de Cubalex. La CIDH recibió el 3 de febrero de 2016 una petición que denunciaba procesos penales infundados y su detención arbitraria como represalia por su labor como defensor de derechos humanos. El organismo concluyó que el arresto estuvo directamente vinculado con esa actividad, fue ilegal y arbitrario y afectó su integridad personal y su salud, debido a que las autoridades no garantizaron condiciones mínimas de detención.

Ferrer Tamayo permaneció encarcelado después del allanamiento de 2016 y fue liberado en 2017. El abogado salió de la Isla en 2024, mientras su esposa, Marienys Pavó Oñate, continuó sufriendo actos de hostigamiento que la CIDH atribuyó a represalias por el trabajo internacional de su esposo y al propósito de impedir que regresara a Cuba. En mayo de 2024, la Comisión amplió a Pavó Oñate las medidas cautelares concedidas previamente a integrantes de la organización.

La CIDH declaró que Cuba violó, en perjuicio de los integrantes de Cubalex, los derechos a la vida, la libertad, la seguridad y la integridad personal; la libertad de investigación, opinión, expresión y difusión; la protección de la honra, la reputación y la vida privada y familiar; la residencia y circulación; la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia; la preservación de la salud y el bienestar; el acceso a la justicia; la reunión y la asociación; la protección contra la detención arbitraria y el debido proceso.

En el caso particular de Ferrer Tamayo, el Estado fue responsabilizado por violar los derechos a la vida, la libertad, la seguridad y la integridad personal; la inviolabilidad de la correspondencia; la preservación de la salud y el bienestar; el acceso a la justicia; la protección contra la detención arbitraria y el debido proceso.

Antes de hacer público el caso, la Comisión había transmitido el Informe de Admisibilidad y Fondo 179/25 al Estado cubano, al que concedió dos meses para informar sobre las medidas adoptadas para cumplir sus recomendaciones. El Gobierno no respondió y la parte peticionaria comunicó posteriormente que ninguna de las medidas había sido implementada.

Entre las recomendaciones formuladas se encuentran la reparación integral de las víctimas, incluida la compensación económica y las medidas de satisfacción; la creación de condiciones para que quienes fueron obligados a reconstruir sus vidas fuera del país puedan regresar, si así lo desean; y la adopción de medidas administrativas, disciplinarias o penales por las acciones u omisiones estatales que contribuyeron a la denegación de justicia y la impunidad.

La Comisión recomendó además terminar con la criminalización de quienes ejercen las libertades de expresión y asociación, investigar y sancionar a los funcionarios responsables y garantizar que las personas defensoras puedan trabajar y cooperar con mecanismos internacionales de derechos humanos sin temor a represalias. El organismo informó que continuará evaluando las acciones de Cuba hasta considerar cumplidas plenamente sus recomendaciones.

Ferrer Tamayo calificó el pronunciamiento como “un logro extraordinario, fruto de la documentación ante ese organismo internacional de esa nefasta política de Estado, para contra casi la totalidad de las organizaciones de la sociedad civil cubana”. El abogado expresó su esperanza de que “sea, este, el primer paso en hacer que el Estado cubano responda de manera efectiva por el daño causado no solo a los integrantes de Cubalex, además, a todo el pueblo cubano”.

Kerry Kennedy, presidenta del Robert & Ethel Kennedy Human Rights Center, afirmó que “el Gobierno cubano ha restringido los derechos humanos en prácticamente todas sus formas, desplegando múltiples mecanismos para silenciar a personas defensoras y disidentes políticos”. “Esta decisión constituye un paso fundamental hacia la justicia y la rendición de cuentas, no solo para el equipo de Cubalex, sino para todas las personas en Cuba que enfrentan graves restricciones a sus libertades”, añadió.

La decisión llega más de una década después de que la CIDH concediera, en abril de 2015, medidas cautelares para proteger la vida y la integridad de 12 integrantes de Cubalex y garantizar que pudieran desarrollar su trabajo sin violencia ni hostigamiento. En noviembre de 2016, tras el allanamiento de la sede y nuevos actos de persecución, esas medidas fueron ampliadas a otros siete miembros, entre ellos Ferrer Tamayo.

Cubalex fue fundada en La Habana en 2010 para brindar asistencia jurídica gratuita, documentar violaciones de derechos humanos y acompañar a activistas y ciudadanos sometidos a procesos represivos. La organización trabajó durante seis años dentro de Cuba, hasta que la persecución y la salida forzada de gran parte de su equipo la llevaron a trasladar sus operaciones a Estados Unidos en 2017.

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