MIAMI, Estados Unidos ― El Departamento de Estado de EE.UU. designó este jueves al Banco Exterior de Cuba, a cuatro empresas estatales de los sectores del níquel y el petróleo y a Fidel Ernesto Castro Calis, nieto de Raúl Castro Ruz, en una nueva ronda de sanciones amparada en la Orden Ejecutiva 14404. La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) del Departamento del Tesoro los incorporó a la “Lista de Nacionales Especialmente Designados”, con lo que quedan bloqueados sus bienes e intereses en EE.UU. o bajo control de personas estadounidenses.
El Banco Exterior de Cuba se especializa “en banca corporativa, financiamiento del comercio exterior y transacciones internacionales”, según lo describió el Departamento de Estado, que lo sancionó por operar en el sector de los servicios financieros de la economía cubana. La OFAC consignó su sede en Plaza de la Revolución, La Habana, y su constitución el 29 de febrero de 2000. El Banco Central de Cuba lo incluye entre las nueve instituciones bancarias del sistema financiero de la Isla.
En el sector energético fueron designadas Comercial CUPET S.A., la entidad estatal que representa a Unión Cuba Petróleo (CUPET) en negociaciones y empresas mixtas con socios extranjeros, y la Empresa Importadora de Abastecimiento para el Petróleo (ABAPET), filial de CUPET dedicada a la compra de equipamiento tecnológico, piezas de repuesto, herramientas especializadas e insumos industriales para sostener el sector energético cubano. Ambas quedan bajo el mismo régimen de bloqueo que su matriz, designada por el secretario de Estado, Marco Rubio, el 11 de junio de este año.
Las otras dos entidades pertenecen a la industria del níquel y están radicadas en Holguín. La Empresa de Servicios Comandante René Ramos Latour (NICAROTEC), con sede en Mayarí y constituida el 31 de enero de 1977, presta servicios industriales y técnicos de apoyo geológico y minero al níquel cubano. La Empresa Importadora y Abastecedora del Níquel (CEXNI), radicada en Moa y creada el 31 de diciembre de 1994, importa y suministra materias primas, maquinaria y equipos especializados para la industria del níquel y el cobalto.
Castro Calis, nacido el 16 de mayo de 1995 según el registro de la OFAC, fue designado en virtud del apartado de la orden ejecutiva, que autoriza sancionar a familiares adultos de personas ya designadas. Es hijo de Alejandro Castro Espín, sancionado el 4 de junio de 2026 junto a otro de sus hijos, Raúl Alejandro Castro Calis.
“Mientras el pueblo cubano sufre, la familia Castro y sus compinches en el represivo Ministerio del Interior (MININT) de Cuba continúan perpetuando su control total de la economía de la Isla, acaparando recursos en beneficio de un pequeño grupo de élites del régimen”, afirmó Rubio en el comunicado que anunció las medidas.
El mismo día, la OFAC emitió la Licencia General 4A, que autoriza las transacciones ordinariamente vinculadas al funcionamiento oficial de las misiones diplomáticas y consulares de terceros países en Cuba, así como las transferencias y cuentas para gastos personales de su personal y familiares. La nueva licencia sustituye y deja sin efecto la Licencia General 4, del 23 de julio, y elimina la restricción que esta imponía a las transferencias financieras hacia personas bloqueadas, hasta entonces limitadas al pago de impuestos, tasas, aranceles de importación, permisos, licencias y servicios públicos. Ninguna de las dos versiones autoriza el desbloqueo de bienes.
Las designaciones se apoyan en la Orden Ejecutiva 14404, Imposición de Sanciones a los Responsables de la Represión en Cuba y de las Amenazas a la Seguridad Nacional y la Política Exterior de Estados Unidos, firmada por Donald Trump el 1 de mayo de 2026 y publicada en el Registro Federal el 7 de mayo. La norma identifica como sectores sancionables la energía, el material de defensa, los metales y la minería, los servicios financieros y la seguridad. El bloqueo alcanza además, de forma automática, a toda entidad de la que uno o varios sancionados posean el 50% o más, y expone a sanciones a personas extranjeras que operen en esos sectores o realicen transacciones con los designados.
Esa exposición ya venía sacudiendo la principal asociación extranjera del níquel cubano. La minera canadiense Sherritt International anunció el 15 de mayo que buscaba disolver de inmediato la empresa mixta que mantiene al 50% con la cubana General Nickel Company S.A. en Moa, y quedarse como única propietaria de su refinería en Saskatchewan, después de que la orden ejecutiva creara condiciones que, a su juicio, le impedían seguir operando razonablemente en la Isla. En su actualización del 13 de julio, la compañía indicó que había suspendido su participación directa en las actividades conjuntas en Cuba desde el 7 de mayo y que la separación seguía sin cerrarse.
En la misma acción del 3 de septiembre, la OFAC retiró de la lista a la sociedad Dulac Capital Ltd y a sus representaciones en Moscú y San Petersburgo, designadas bajo el programa de sanciones a Rusia, sin relación con el expediente cubano.










