Detienen en Holguín a un hombre con 29 millones de pesos en efectivo

El perfil oficialista “Héroes de azul en Cuba” indicó que el ciudadano fue denunciado por enriquecimiento ilícito.
Agentes de la PNR que detuvieron al hombre que transportaba 29 millones de pesos cubanos
Agentes de la PNR que detuvieron al hombre que transportaba 29 millones de pesos cubanos (Foto: Héroes de azul en Cuba - Facebook)

MIAMI, Estados Unidos ― La Policía Nacional Revolucionaria (PNR) detuvo en Holguín a un hombre que transportaba 29 millones de pesos cubanos en un vehículo particular y lo denunció por presunto enriquecimiento ilícito, según publicó el perfil oficialista “Héroes de azul en Cuba”, atribuido al Ministerio del Interior (MININT).

El detenido fue identificado únicamente como “Juan Ramón”.

Los agentes interceptaron el automóvil en el que viajaba el detenido por la carretera Holguín-Moa, al llegar al consejo popular Los Pinos, de acuerdo con esa versión. La página sostiene que el hombre no presentó documentos ni una explicación que justificara el origen del efectivo, y señala que las investigaciones continúan.

Las imágenes que acompañan el anuncio muestran numerosos fajos de billetes dentro de una bolsa negra y a dos policías junto a un automóvil. La página presenta el hallazgo en tono celebratorio y pone en duda que alguien transporte esa suma por casualidad.

El relato no identifica una actividad ilícita que hubiera generado los fondos ni recoge la versión de Juan Ramón. Tampoco aporta una comparación entre sus ingresos y su patrimonio, o informa de una acusación presentada ante un tribunal.

El enriquecimiento ilícito no se define únicamente por la cantidad de efectivo que una persona lleve consigo. El artículo 192 de la Ley 151/2022, Código Penal, establece que el delito consiste en realizar gastos o aumentar el patrimonio propio o de un tercero en una cuantía desproporcionada respecto a los ingresos legales, sin justificar la licitud de los medios empleados. El monto transportado, por sí solo, no demuestra que se cumplan esos requisitos.

La ley contempla de tres a ocho años de prisión para autoridades o funcionarios públicos. Para las demás personas prevé de dos a cinco años, multa o ambas sanciones. También dispone la confiscación de bienes cuando proceda.

La Ley 143/2021, del Proceso Penal, establece en sus artículos cinco y seis que toda persona se presume inocente mientras no exista una sentencia condenatoria firme y que corresponde a la parte acusadora aportar las pruebas necesarias.

Las reglas para efectuar pagos en efectivo cambiaron este año. En julio, el Banco Central de Cuba suspendió, mediante la Resolución 74/2026, el límite de 5.000 pesos para cobros y pagos en efectivo entre actores económicos. También suspendió la obligación de realizar por otros medios las operaciones que superaran ese importe.

La disposición, publicada el 17 de julio, mantiene esa suspensión hasta que las condiciones del país permitan restablecer las restricciones. Su alcance son los cobros y pagos entre los sujetos de la norma, entre ellos empresas, mipymes y trabajadores por cuenta propia; la medida no modifica el delito de enriquecimiento ilícito.

Biografía del autor:

Sigue nuestro canal de WhatsApp. Recibe la información de CubaNet en tu celular a través de Telegram.

ETIQUETAS: