MIAMI, Estados Unidos ― Las personas naturales podrán ingresar a Cuba mercancías que la Aduana General de la República considere comerciales o que excedan los límites de importación, si aceptan pagar en dólares estadounidenses los impuestos y servicios correspondientes.
La medida entrará en vigor el 12 de octubre y ofrecerá una alternativa al decomiso de esos productos.
El Consejo de Estado modificó el régimen aduanero mediante el Decreto-Ley 132/2026, publicado este lunes en la Gaceta Oficial (ordinaria, número 83). El mismo número incluye la Resolución 197/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios, que fija los cobros, y la Resolución 340/2026 de la Aduana General de la República, que regula su aplicación.
La opción no elimina todos los motivos de decomiso. Se mantienen los correspondientes a mercancías prohibidas, declaraciones fraudulentas y otras infracciones de la legislación vigente.
Para los viajeros, Finanzas y Precios estableció un impuesto progresivo: 15% sobre los primeros 2.000 dólares de valor de importación, 20% sobre la parte que exceda esa cifra hasta 4.000, 25% sobre el tramo superior a 4.000 y hasta 6.000, y 30% sobre lo que supere los 6.000 dólares. Para las mercancías recibidas mediante envíos, el impuesto será del 30%.
Las tasas de los viajeros se aplican por tramos, no como un porcentaje único sobre toda la mercancía. Por ejemplo, una importación valorada por la Aduana en 4.000 dólares dentro de este régimen generaría 700 dólares de impuesto: 300 por los primeros 2.000 y 400 por los siguientes 2.000. A esa cantidad se añadiría el cobro por servicios.
Las tarifas máximas por esos servicios van desde dos dólares para mercancías valoradas en hasta 200 dólares, hasta 50 dólares cuando el valor supera los 6.000. Si el importe total contiene centavos, se redondeará hacia arriba al siguiente dólar entero.
El pago se realizará mediante tarjetas internacionales o nacionales en dólares estadounidenses. El efectivo solo se aceptará en los aeropuertos, en las entidades habilitadas para ello. La resolución también dispone que estas importaciones pagarán el impuesto aunque las mercancías tengan beneficios fiscales en otros regímenes.
El procedimiento separará los productos que cumplen las reglas de importación no comercial de aquellos que exceden los límites o presentan carácter comercial. Primero se tramitarán los admitidos bajo las reglas habituales. Después, con el consentimiento del titular o su representante, se abrirá un despacho independiente para los restantes y se cobrarán los impuestos y servicios en dólares.
La Aduana precisó que las importaciones no comerciales son las realizadas de manera ocasional para uso personal, familiar o del hogar. Para determinar el carácter comercial tendrá en cuenta las cantidades, la naturaleza y las funciones de los artículos, así como la reiteración de las importaciones.
La nueva resolución mantiene límites por categoría para la vía no comercial, entre ellos hasta cinco teléfonos celulares, tres equipos de cómputo en total, con independencia de su tipo, y dos electrodomésticos del mismo tipo. La equivalencia para valorar por peso las misceláneas y otros artículos a los que se aplique ese método será de 10 dólares por kilogramo en el equipaje de los pasajeros.
La reiteración de importaciones podrá dar lugar a una resolución sancionadora y a un período de limitación del derecho a importar. Si una persona intenta importar mientras esa sanción está vigente, la Aduana solo admitirá sus efectos personales y aplicará al resto de los productos la legislación correspondiente.
Quien no acepte pagar en dólares podrá solicitar que la mercancía sea enviada de vuelta al exterior. La Aduana podrá autorizarlo si se cumplen las reglas específicas de ese procedimiento. Si no se paga ni se devuelve la mercancía dentro de los términos establecidos, se aplicará la medida administrativa correspondiente.
Cuando el destinatario necesite un plazo para completar los requisitos del despacho, los productos permanecerán bajo custodia en locales o depósitos. El costo de ese almacenamiento correrá por su cuenta.










