Régimen cubano prepara una megafusión de ministerios y entidades estatales 

De los 27 ministerios que existen actualmente solo quedarían 20.
El Ministerio de Salud Pública (MINSAP) es uno de los que se mantendrá sin cambios
El Ministerio de Salud Pública (MINSAP) es uno de los que se mantendrá sin cambios (Foto: ACN)

MIAMI, Estados Unidos ― La Asamblea Nacional del Poder Popular publicó este lunes un proyecto de ley que reorganiza la Administración Central del Estado mediante la fusión de ministerios e institutos y concentra amplias áreas de la gestión pública en 20 carteras, además del Banco Central de Cuba.

El documento, preparado para someterse a aprobación durante una sesión parlamentaria prevista para julio próximo, establece nuevas denominaciones y redistribuye las funciones que actualmente ejercen organismos independientes en sectores como la agricultura, la alimentación, el comercio, las finanzas, la ciencia, la educación superior, la construcción, el medioambiente, los recursos hidráulicos, la vivienda, el deporte y la comunicación social.

El proyecto, de 72 páginas, justifica la reforma por la necesidad de “reordenar, redimensionar y perfeccionar la organización de la Administración Central del Estado, con el propósito de lograr mayor eficacia en la función administrativa”.

La propuesta representa una de las remodelaciones más amplias de la estructura gubernamental cubana en las últimas décadas. El directorio oficial de instituciones del Gobierno incluye actualmente 27 organismos: 22 ministerios, cuatro institutos nacionales y el Banco Central. El nuevo texto fija expresamente 20 ministerios, mantiene al Banco Central como organismo de la Administración Central del Estado y permite que otras entidades reciban esa categoría mediante una ley o decreto-ley.

Una de las principales modificaciones sería la creación del Ministerio de Agroalimentación, que concentraría atribuciones actualmente distribuidas entre los ministerios de la Agricultura y de la Industria Alimentaria, además de asumir la producción cañera, el azúcar y sus derivados.

La nueva cartera quedaría encargada de la política estatal relacionada con la posesión y el uso sostenible de las superficies agropecuarias y forestales, la producción agropecuaria, cañera y forestal, la industria alimentaria, las bebidas y licores, la pesca y la comercialización de esos productos.

También aparecería el Ministerio de Comercio e Inversión Extranjera, que reuniría funciones de los actuales ministerios del Comercio Interior y del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

El organismo tendría bajo su control el comercio “en todas sus modalidades”, la inversión extranjera, la autorización para ejercer el comercio exterior, las relaciones económicas y financieras con otros países, la cooperación internacional y la obtención de financiamientos externos.

El proyecto dispone, además, que esa cartera continúe regulando y controlando la protección al consumidor hasta que esa responsabilidad sea asignada a otro organismo o entidad.

Otra fusión de gran alcance daría origen al Ministerio de Economía, Finanzas y Planificación, que absorbería las competencias actualmente separadas entre los ministerios de Economía y Planificación y de Finanzas y Precios.

La institución dirigiría la planificación de la economía y el desarrollo económico y social, junto con las políticas financiera, presupuestaria, tributaria y contable. También asumiría la tesorería, el patrimonio estatal, los precios, el crédito público y los seguros.

Entre sus responsabilidades estarían elaborar y controlar el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social, establecer las proyecciones macroeconómicas, preservar los equilibrios fundamentales de la economía, dirigir la elaboración del Presupuesto del Estado y regular los sistemas tributario, presupuestario y de tesorería.

El Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología integraría las competencias del actual Ministerio de Educación Superior con buena parte de las funciones científicas y tecnológicas que corresponden al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

La nueva cartera controlaría la educación superior, la ciencia, la tecnología y la innovación, así como la normalización, la metrología, la calidad y la acreditación. También tendría a su cargo la gestión documental y los archivos, la propiedad industrial, la seguridad química y biológica y el uso pacífico de la energía nuclear.

El actual Ministerio de Educación permanecería como una entidad independiente, concentrado en la enseñanza general, técnica y profesional, la formación pedagógica y los demás niveles educativos anteriores a la universidad.

Los ministerios de Industrias y de la Construcción quedarían agrupados en el Ministerio de Industrias y la Construcción, responsable de sectores que abarcan las industrias electrónica, ligera, metalmecánica, química, siderúrgica, farmacéutica, del reciclaje y de materiales de construcción.

La institución también controlaría los programas constructivos, la producción local de materiales, las capacidades de construcción, los índices de consumo y costos referenciales de las obras, además del otorgamiento de autorizaciones para ejercer como contratista, constructor, proyectista, consultor o profesional de la construcción.

La propuesta crea igualmente el Ministerio de Medio Ambiente, Hábitat y Vivienda, una entidad que concentraría atribuciones que ahora se encuentran repartidas entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, el Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo y las autoridades responsables de la vivienda.

El organismo controlaría la protección ambiental, los recursos naturales, las aguas terrestres, el patrimonio hidráulico, el suministro de agua potable, el alcantarillado, el ordenamiento territorial y urbano, el uso del suelo, el Catastro Nacional, los programas constructivos de viviendas y la administración del fondo habitacional.

La concentración de esas funciones colocaría bajo una misma autoridad asuntos tan diversos como la vigilancia meteorológica, radiológica y sismológica, el tratamiento de aguas residuales, el diseño urbano, la declaración de zonas con regulaciones especiales y el control jurídico de las viviendas.

El Instituto de Información y Comunicación Social pasaría a tener rango ministerial con la creación del Ministerio de Información y Comunicación Social. Entre sus funciones estarían dirigir el sistema de comunicación social, controlar la publicidad y el patrocinio, gestionar la Marca País y proponer o avalar “la creación, traspaso, fusión y extinción de los medios fundamentales de comunicación social”.

El Ministerio de Comunicaciones seguiría existiendo de manera separada y conservaría las competencias sobre telecomunicaciones, transformación digital, servicios postales, tecnologías de la información, espectro radioeléctrico, ciberseguridad e infraestructuras tecnológicas críticas.

El Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación también cambiaría de categoría y pasaría a ser el Ministerio de Deportes y Recreación. La nueva cartera controlaría la práctica deportiva, la recreación, la educación física, la formación de atletas y la contratación de deportistas de alto rendimiento.

La relación de organismos se completa con los ministerios de Cultura, Educación, Energía y Minas, Justicia, Relaciones Exteriores, Salud Pública, Trabajo y Seguridad Social, Turismo, Fuerzas Armadas Revolucionarias, Interior y Transporte.

El Banco Central conservaría su condición de organismo de la Administración Central del Estado, dirigido por un ministro-presidente. La reforma modificaría además la Ley 134, de Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros, para precisar que ese órgano estará integrado por el primer ministro, los viceprimeros ministros, el secretario, los ministros y el ministro-presidente del Banco Central.

La reestructuración no se ejecutaría inmediatamente después de la aprobación de la ley. Los ministros y el titular del Banco Central tendrían hasta un año, contado desde su entrada en vigor, para realizar los movimientos organizativos y transferir los recursos humanos, materiales y financieros a las instituciones que asumirían las respectivas funciones.

Los responsables de los organismos dispondrían inicialmente de 30 días naturales para presentar al primer ministro los cronogramas de trabajo correspondientes.

Las entidades que cambien de nombre o clasificación, o que reciban las atribuciones de otras instituciones, serían consideradas continuadoras legales de estas últimas. La subrogación abarcaría derechos, obligaciones, tratados internacionales y la participación de Cuba en organizaciones extranjeras o multilaterales.

El texto no precisa cuántas plazas laborales serían suprimidas o transferidas, cuánto costaría ejecutar la reorganización ni qué ahorro presupuestario espera obtener el Gobierno mediante las fusiones. Tampoco presenta los futuros organigramas internos o las plantillas de los nuevos ministerios.

La propuesta derogaría disposiciones que han regulado la Administración Central del Estado desde 1983, entre ellas el Decreto-Ley 67 y el Decreto-Ley 147 de 1994, además de varias modificaciones posteriores y acuerdos del Consejo de Ministros relacionados con las funciones de los organismos estatales.

La ley entraría en vigor 60 días después de su publicación en la Gaceta Oficial, por lo que las fusiones y transferencias comenzarían después de ese plazo y podrían extenderse durante un año adicional.

La Asamblea Nacional divulgó el proyecto este 8 de junio junto con las propuestas de Código de Trabajo y de leyes de Tierra Agropecuaria y Forestal y de la Vivienda. 

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