Puerto Padre: dos delitos y un revelador orden de prioridades

El contraste entre un asalto violento que seguía sin detenidos y la investigación militar por la sustracción de un buey revela el orden de prioridades del régimen cubano.
Policía Nacional Revolucionaria (PNR) (Foto: Razones de Cuba)

PUERTO PADRE, Cuba — Dos hechos ocurridos el pasado fin de semana en Parada, un barrio rural con actividad agrícola y ganadera y presencia militar, situado a unos tres kilómetros de la ciudad de Puerto Padre, ilustran tanto los riesgos que afrontan sus habitantes como las diferentes respuestas de las autoridades.

El primero fue un asalto a mano armada que podría encuadrarse en el delito de “robo con violencia o intimidación en las personas”, previsto en el artículo 415 del Código Penal. Sería un asalto más si no resultara significativo el lugar donde ocurrió.

El hecho se produjo durante las primeras horas de la noche del sábado, cuando una mujer transitaba en su bicicleta eléctrica por las inmediaciones de una unidad del Ejército y muy cerca de un punto de control de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) que funciona las 24 horas del día.

Un hombre enmascarado y armado con un cuchillo la interceptó y amenazó con matarla si no le entregaba la bicicleta eléctrica. Al momento de redactar este artículo, no se habían informado detenciones ni la identificación de sospechosos.

Si el primero de los hechos ocurrió junto a una unidad militar del Ejército Oriental, el segundo tuvo lugar durante el mismo fin de semana, pero no en el límite de un área rotulada como “Zona militar — No pase”, sino dentro de terrenos bajo control del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (MINFAR).

La investigación no está a cargo de la PNR, sino de oficiales operativos de la Contrainteligencia Militar (CIM) y de instructores penales de la Fiscalía Militar, quienes indagan sobre lo que bien podría llamarse la “desaparición de un buey militar”.

El animal pertenecía a una unidad agropecuaria del MINFAR y estaba destinado a las labores de producción de alimentos para las tropas. Su sustracción podría encuadrarse, en principio, en el delito genérico de hurto previsto en el artículo 410 del Código Penal.

El buey se encontraba en una granja que anteriormente se llamó “Plan Lechero MINFAR Uno”, pero que ahora produce viandas y otros frutos menores para el consumo de los soldados.

En los delitos contra los derechos patrimoniales, la naturaleza del hecho no cambia según quién sea el propietario o usufructuario de los bienes sustraídos. La intervención de la CIM tampoco convierte el caso en un hecho “contrarrevolucionario” ni en un delito de naturaleza política.

Aunque la Contrainteligencia Militar investigue la sustracción del buey, el hecho no deja de ser un vulgar acto de cuatrerismo. El contraste, sin embargo, resulta revelador: mientras el asalto en el que una mujer pudo perder la vida continuaba sin detenciones conocidas, oficiales de la CIM e instructores de la Fiscalía Militar investigaban la desaparición de un animal perteneciente al MINFAR.

Que un asalto violento permanezca sin resolver mientras el aparato militar se moviliza por la sustracción de un buey dice bastante sobre el orden de prioridades. Pero no es raro. Así funciona el totalitarismo en Cuba.

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