Tribunal de La Habana mantiene “en tramitación” el habeas corpus por Otero Alcántara

Funcionarios del órgano judicial dijeron de manera evasiva que “aún no tienen respuesta” sobre el recurso.
Luis Manuel Otero Alcántara
Luis Manuel Otero Alcántara (Foto: Archivo de CubaNet)

MIAMI, Estados Unidos ― El Tribunal Provincial Popular de La Habana mantenía este jueves “en tramitación” el habeas corpus presentado tres días antes a favor del artivista opositor Luis Manuel Otero Alcántara, pese a que la sanción de cinco años que cumplía venció oficialmente el pasado día 9, denunció el Centro de Información Legal Cubalex.

Funcionarios del órgano judicial dijeron de manera evasiva que “aún no tienen respuesta” sobre el recurso, de acuerdo con la entidad.

Cubalex sostuvo que había transcurrido el “término legal obligatorio de 72 horas” para que el tribunal emitiera una resolución definitiva. La Ley 143 del Proceso Penal establece que, una vez admitida la solicitud, el tribunal debe ordenar a la autoridad que custodia a la persona que la presente ante el órgano judicial dentro de 72 horas y remita un informe escrito sobre los motivos y la fecha de la privación de libertad.

La propia norma dispone que, tras la presentación de la persona detenida y del informe correspondiente, debe celebrarse una audiencia en la que se examinen las pruebas y alegaciones. El tribunal debe entonces dictar un auto y, si no encuentra motivos para mantener la privación de libertad, ordenar la excarcelación inmediata. 

El artículo 96 de la Constitución cubana reconoce que quien se encuentre privado ilegalmente de libertad puede presentar, por sí mismo o mediante un tercero, un procedimiento de habeas corpus, mientras el artículo 787 de la Ley 143 establece que la persona detenida fuera de los casos, formalidades o garantías legales debe ser liberada mediante ese procedimiento sumarísimo.

Cubalex atribuyó la demora a una presunta estrategia coordinada por la Seguridad del Estado para condicionar la excarcelación del artista a su salida “definitiva e inmediata” de Cuba. Según la hipótesis planteada por la organización, si Otero Alcántara fuese enviado al exilio antes de conocerse el fallo, las autoridades podrían declarar el recurso “denegado” o “sin lugar” y alegar que la privación de libertad terminó por “decisión voluntaria” del afectado. 

El artista fue sacado el 7 de julio de la prisión de máxima seguridad de Guanajay, en Artemisa, dos días antes del vencimiento de su condena, según la información recopilada por Cubalex entre familiares y personas cercanas. Desde entonces, ninguna institución estatal ha comunicado oficialmente dónde se encuentra ni bajo qué figura jurídica continúa retenido. El único contacto conocido ocurrió el 9 de julio, cuando llamó a la activista Anamely Ramos González desde un teléfono de la Seguridad del Estado y bajo la supervisión de agentes, indicó la organización.

Ramos González dijo que la conversación estuvo centrada en conocer el estado de una solicitud de parole para la eventual salida de Otero Alcántara hacia Estados Unidos. Según su testimonio, recogido por Cubalex, los agentes señalaron que el artista continuaría retenido en un lugar no revelado mientras ese trámite migratorio siguiera pendiente.

La presentación del habeas corpus también enfrentó obstáculos administrativos. Cubalex informó que el viernes 10 de julio los activistas encargados no pudieron entregar el documento porque tanto el Tribunal Provincial Popular de La Habana como el Tribunal Supremo Popular permanecían cerrados, pese a tratarse de un día laborable. El escrito fue enviado inicialmente por correo electrónico y pudo entregarse de forma presencial el lunes 13. En su alerta de este jueves, la entidad añadió que el cierre generalizado de tribunales a partir de esa jornada impedía presentar las impugnaciones correspondientes ante el Supremo.

El Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas activó la “Acción urgente 2357/2026” por el traslado de Otero Alcántara a un sitio desconocido y su incomunicación. Según Cubalex, la Secretaría del Comité dirigió una comunicación a la Misión Permanente de Cuba en Ginebra y concedió al Estado cubano hasta el 25 de julio para informar sobre su ubicación, situación jurídica y medidas de protección.

La Sala Penal del Supremo había rechazado el 7 de abril una apelación presentada a favor del artista y ratificado que debía permanecer encarcelado hasta el 9 de julio, al considerar que no le correspondían rebajas de sanción por buena conducta. La resolución descartó así un habeas corpus anterior, pero estableció como límite de la privación de libertad precisamente el 9 de julio.

En su nueva denuncia, Cubalex afirmó que mantenerlo recluido después de esa fecha carece de título penal e invocó los artículos 92, 94 y 96 de la Constitución; el artículo 787 de la Ley 143; el artículo 367.1 del Código Penal, relativo a la desaparición forzada; la Ley 152 de Ejecución Penal, y el artículo 49.1 del Decreto-Ley 74.

Otero Alcántara fue detenido el 11 de julio de 2021, cuando intentaba incorporarse a las protestas antigubernamentales de aquel día, y recibió en 2022 una condena de cinco años por desacato, desórdenes públicos y ultraje a los símbolos de la Patria. Pese a que el régimen niega la existencia de personas privadas de libertad por motivos políticos en las cárceles de la Isla, Amnistía Internacional ha reconocido al fundador del Movimiento San Isidro (MSI) como preso de conciencia.

Hasta la alerta publicada este jueves, Otero Alcántara seguía sin una ubicación oficialmente revelada. Una solicitud de comentarios enviada por la agencia AP al Gobierno cubano tampoco había recibido respuesta.

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