MIAMI, Estados Unidos ― El Consejo de Estado de Cuba aprobó dos decretos-leyes para reorganizar el sistema empresarial estatal y modificar el marco jurídico de las cooperativas agropecuarias, aunque aún no ha divulgado íntegramente las los textos, los números de las normas, su articulado ni las fechas de entrada en vigor.
La Asamblea Nacional indicó únicamente que ambos documentos serán publicados posteriormente en la Gaceta Oficial.
Las normas, denominadas “Del Sistema Empresarial Estatal Cubano” y “Modificativo del Decreto Ley no. 76 de las Cooperativas Agropecuarias”, fueron adoptadas durante una sesión extraordinaria encabezada por Esteban Lazo Hernández, presidente del Consejo de Estado. La primera busca regular los principios generales de organización y funcionamiento de las empresas estatales bajo la conducción del recién creado Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales.
Roberto Ricardo Marrero, presidente de dicho instituto, afirmó que el nuevo decreto “da respuesta a 16 transformaciones de las 17 correspondientes al eje temático 1”. También sostuvo que permitirá aplicar otras 12 medidas incluidas en diferentes apartados del programa económico. Sin embargo, la nota oficial no identifica cuál de las 17 transformaciones empresariales quedó fuera de la norma ni explica cómo se instrumentarán legalmente las restantes.
El decreto forma parte del paquete de 176 medidas de “transformaciones económicas y sociales”, agrupadas en 23 ejes temáticos y aprobadas por las estructuras del Partido Comunista y del Estado en junio. Para las empresas estatales, el documento plantea ampliar su autonomía, permitirles realizar cualquier actividad lícita sin abandonar su objeto principal, descentralizar la aprobación de precios y escalas salariales, flexibilizar el destino de las utilidades y eliminar progresivamente los subsidios empresariales.
El programa también prevé establecer procedimientos para la quiebra, liquidación y reestructuración de entidades estatales con pérdidas sostenidas, valorar sus activos a precios de mercado y permitir que sean utilizados como garantías de créditos o arrendados a largo plazo a otros actores económicos e inversionistas extranjeros.
Entre los cambios de mayor alcance figura la transformación de empresas estatales en sociedades mercantiles por acciones o participaciones. El Estado conservaría una presencia mayoritaria en los sectores considerados estratégicos, mientras que otras empresas estatales, formas de gestión no estatal y personas naturales podrían comprar acciones, de acuerdo con una gradualidad que todavía no ha sido definida públicamente.
Pese a la apertura parcial al capital privado anunciada dentro del paquete, Esteban Lazo sostuvo que el nuevo marco ratifica a la empresa estatal socialista como el actor principal de la economía cubana. La nota oficial asegura además que la disposición ampliará la autonomía de las entidades, liberará fuerzas productivas y definirá la llamada responsabilidad social empresarial, pero no precisó qué facultades permanecerán reservadas al Gobierno central.
La promesa de autonomía coexistirá con amplias atribuciones concentradas en el Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales. El Decreto 144/2026, que creó esa entidad como institución presupuestada subordinada al Consejo de Ministros, le permite aprobar estrategias empresariales, crear compañías, avalar inversiones, proponer el destino de las utilidades, nombrar o sustituir a altos directivos, definir sus salarios y controlar indicadores de rendimiento. El propio decreto establece que “las funciones que ejerza no pueden ir en contra de la autonomía empresarial”.
El Decreto 144 fue firmado por el primer ministro Manuel Marrero Cruz el 6 de enero pasado, aunque no fue publicado en la Gaceta Oficial hasta el 29 de junio. La disposición establece que entrará en vigor 30 días después de esa publicación y concede al presidente del Instituto un año para presentar al Consejo de Ministros una evaluación de sus resultados y proponer su validación o ajuste.
El segundo decreto aprobado modifica el Decreto-Ley 76/2023, vigente para las cooperativas agropecuarias. La Asamblea Nacional señaló que la nueva norma regulará su constitución, organización, integración y funcionamiento, pero no informó cuáles artículos serán reformados, qué obligaciones cambiarán ni si se establecerá algún régimen transitorio para las entidades existentes.
El programa de transformaciones de junio contempla autorizar a las cooperativas a importar y comercializar combustibles como insumo, exportar directamente sus productos, importar tecnologías, gestionar financiamientos externos y abrir cuentas bancarias en Cuba y en el extranjero. También propone descentralizar la formación de los precios agropecuarios y reconocer una mayor intervención del mercado, pero el Gobierno no confirmó cuáles de esas disposiciones quedaron incorporadas al decreto modificativo.
El Decreto-Ley 76 fue publicado el 25 de octubre de 2023 y entró en vigor 90 días después. Esa normativa ya regulaba la constitución, funcionamiento, integración, escisión, fusión, disolución y extinción de las cooperativas de créditos y servicios, las cooperativas de producción agropecuaria y las unidades básicas de producción cooperativa. Su modificación llega menos de tres años después de la publicación del marco que pretendía actualizar la legislación anterior.
La nueva regulación empresarial constituye otro rediseño de un marco reformado repetidamente durante la última década. El Decreto-Ley 34/2021, que tiene el mismo título —“Del Sistema Empresarial Estatal Cubano”—, sustituyó al Decreto 335/2017 y todavía aparece en la base oficial de la Gaceta sin una norma derogatoria registrada.










