Condenan por “sabotaje” a un cubano que robó aceite de una subestación eléctrica

Según medios oficiales, el robo dejó sin servicio eléctrico durante 48 horas a cientos de familias en la provincia de Santiago de Cuba.
Juicio contra un cubano acusado por robar 102 litros de aceite dieléctrico
Juicio contra un cubano acusado por robar 102 litros de aceite dieléctrico (Foto: Chaguito Rebelde - Facebook)

MIAMI, Estados Unidos ― La justicia cubana condenó a 12 años de privación de libertad a un hombre no identificado por sustraer 102 litros de aceite dieléctrico de la subestación Bungo 2, un hecho que supuestamente provocó una avería de grandes proporciones y dejó sin servicio eléctrico durante 48 horas a cientos de familias de esa comunidad de Santiago de Cuba, según informó la emisora estatal CMKC Radio Revolución.

La publicación no precisa el nombre del sancionado, el tribunal que dictó el fallo ni la fecha de la sentencia.

El medio oficial explicó que el aceite dieléctrico es imprescindible para el enfriamiento y aislamiento de los transformadores y atribuyó directamente a su extracción la avería que interrumpió el suministro durante dos días completos. Tampoco informó cuándo ocurrió el hecho, cuánto demoraron las reparaciones, cuál fue el costo de los daños ni si el producto sustraído pudo ser recuperado.

Bungo La Venta es uno de los 13 consejos populares del municipio Contramaestre, en la provincia de Santiago de Cuba. El territorio tenía 4.485 habitantes en 2021, de acuerdo con el Anuario Estadístico Municipal publicado por la Oficina Nacional de Estadística e Información (ONEI), aunque la emisora no detalló qué localidades o circuitos eléctricos resultaron afectados por la avería.

CMKC calificó la sustracción como “sabotaje” y presentó la condena como una respuesta destinada a proteger la infraestructura estatal. “La sanción impuesta demuestra que los hechos que atenten contra el bienestar colectivo y la infraestructura del país tendrán consecuencias penales severas”, indicó la emisora. 

El artículo 125 del Código Penal cubano establece penas de siete a 15 años de prisión para quien destruya, altere, dañe o perjudique fuentes energéticas, instalaciones o sistemas de transmisión eléctrica con el propósito de impedir u obstaculizar su funcionamiento, o a sabiendas de que puede producir ese resultado. La pena de 12 años se encuentra dentro de ese marco sancionador, pero la información difundida por CMKC no explica qué pruebas utilizó el tribunal para determinar que el acusado actuó con ese propósito o con conocimiento de las consecuencias que produciría la extracción del aceite.

La misma legislación eleva las sanciones a entre 10 y 30 años, prisión perpetua o incluso muerte cuando el sabotaje ocasiona lesiones graves o fallecimientos, produce consecuencias graves, pone en peligro la seguridad colectiva, utiliza determinados medios peligrosos o afecta bienes pertenecientes a las reservas materiales. No obstante, la publicación no indica qué inciso concreto aplicó el tribunal ni si la Fiscalía invocó alguna de esas circunstancias agravantes.

El reporte tampoco aporta el número del expediente, la identidad del fiscal y el abogado defensor, los argumentos de las partes, la valoración de las pruebas, la existencia de antecedentes penales ni información sobre un posible recurso de apelación. Las fotografías anexadas muestran aparentemente una vista judicial, con una persona de espaldas frente al estrado y varias funcionarias, pero no permiten conocer el contenido del proceso.

La emisora tampoco enlazó la sentencia, la acusación fiscal ni un comunicado del tribunal competente.

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