LA HABANA, Cuba ― Iberostar Cuba Hotels & Resort y Meliá Hotels International se estarían preparando para abandonar a su socio GAESA en la administración de todos sus establecimientos asociados con la empresa Gaviota S.A.
De acuerdo con un comunicado atribuido a Iberostar, que ha circulado este viernes, 29 de mayo, entre sus directivos y trabajadores en la Isla, la empresa española dejará de operar y comercializar a partir del 1ro. de junio del presente año una docena de hoteles, entre los que estarían los emblemáticos Iberostar Grand Packard, Iberostar Selección Ensenachos, Iberostar Selection La Habana, Origin Bellavista Varadero e Iberostar Origin Playa Pilar.
Igualmente, según el comunicado, el objetivo de la decisión sería la adaptación “al entorno regulatorio global y garantizar los estándares que caracterizan” a la marca, una decisión similar a la que estaría a punto de adoptar Meliá International bajo similares argumentos, de acuerdo con información de fuentes relacionadas con la empresa consultadas por CubaNet, y como consecuencia de los bajísimos niveles de venta y ocupación que han registrado sus establecimiento en Cuba debido a la severa crisis económica que impacta el turismo, incluso desde mucho antes de la pandemia de COVID-19 y de la política de máxima presión contra el régimen cubano aplicada por la administración de Donald Trump.
Además de las hoteleras, otras empresas españolas se estarían alistando igualmente para su salida definitiva o temporal de la Isla, según una nota publicada hoy por el sitio digital español Preferente, especializado en turismo, que afirma haber tenido acceso a una lista de empresas que, al operar con Gaviota, pudieran verse afectadas después del 5 de junio por las más recientes medidas del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.
En el listado aparecen desde bancos, como el Sabadell y Alto Cedro, hasta proveedores de alimentos, piezas y materias primas, lo que comprende la totalidad del empresariado español establecido en Cuba.
¿Por qué ahora?
El pasado 7 de mayo, la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de EE.UU. (OFAC, por sus siglas en inglés) actualizó la designación del Grupo de Administración Empresarial S.A. (GAESA) en la “Lista de nacionales especialmente designados y personas bloqueadas”, bajo la Orden ejecutiva 14404, firmada el 1ro. de mayo. Dicha orden autoriza sanciones contra personas y entidades extranjeras que operen en sectores señalados de la economía cubana, actúen en nombre del Gobierno cubano o brinden apoyo financiero, material, tecnológico, bienes o servicios a personas bloqueadas.
La OFAC precisó además que el Gobierno estadounidense no pretende sancionar a personas extranjeras, incluidas instituciones financieras, por operaciones “ordinariamente incidentales y necesarias” para desmontar transacciones con GAESA o con entidades en las que GAESA posea, directa o indirectamente, el 50% o más, pero solo hasta el 5 de junio próximo. Después de esa fecha, las compañías que mantengan negocios con el conglomerado militar cubano quedarían expuestas a medidas de Washington.
La presión no se limita a las hoteleras. La Orden ejecutiva 14404 también autoriza al Departamento del Tesoro a sancionar a instituciones financieras extranjeras que realicen o faciliten transacciones significativas en nombre de personas bloqueadas, lo que puede afectar bancos, aseguradoras, procesadores de pagos, proveedores y otros intermediarios necesarios para la operación turística. Por eso, aunque la regulación no menciona directamente a Iberostar ni a Meliá, sí eleva el costo legal y financiero de seguir operando hoteles vinculados a Gaviota, brazo turístico de GAESA.
A ese nuevo marco se suma una restricción anterior: la “Lista restringida de Cuba” del Departamento de Estado, vinculada a las “Regulaciones para el control de activos cubanos”, ya incluía a GAESA, a Gaviota y a varias de sus subentidades y hoteles. Esa lista identifica entidades bajo control o en beneficio de los militares, la inteligencia o los servicios de seguridad cubanos, con las que las transacciones financieras directas están generalmente prohibidas para personas sujetas a la jurisdicción estadounidense.










