“Se cumplió la amenaza”: Régimen condena a Santiesteban Prats, Viñas Alonso y otros dos masones

El tribunal impuso las mismas penas principales que pidió la Fiscalía: de dos a cuatro años de limitación de libertad y multas de 20.000 y 25.000 pesos.
Ángel Santiesteban Prats (izquierda) y José Ramón Viñas Alonso tras su salida del Tribunal Municipal Popular de Diez de Octubre
Ángel Santiesteban Prats (izquierda) y José Ramón Viñas Alonso tras su salida del Tribunal Municipal Popular de Diez de Octubre (Foto: CubaNet)

MIAMI, Estados Unidos ― El Tribunal Municipal Popular de Diez de Octubre, en La Habana, condenó este jueves a entre dos y cuatro años de limitación de libertad a José Ramón Viñas Alonso, Ángel Santiesteban Prats y otros dos masones por cambiar dólares del Asilo Nacional Masónico Llansó fuera de los canales legales, según una nota informativa del propio tribunal que publicó la página de Facebook Razones de Cuba.

Viñas Alonso, que encabezó el Supremo Consejo del Grado 33 para la República de Cuba y presidía el patronato del asilo, recibió la pena más alta: cuatro años de limitación de libertad y una multa de 500 cuotas de 50 pesos, equivalente a 25.000 pesos. 

Fernando Marcos García, contador del asilo, fue condenado a tres años. Santiesteban Prats y Osvaldo Ernesto Villegas Digat, a dos años cada uno. A los tres se les impuso además una multa de 500 cuotas de 40 pesos, 20.000 pesos por persona. 

El tribunal dio por probado el delito de tráfico ilegal de divisas, previsto en el artículo 315.1, inciso g, del Código Penal.

Los cuatro recibieron también, como sanciones accesorias, la privación de derechos, la prohibición de salir del país y la prohibición de ejercer cargo u oficio. La limitación de libertad restringe la libertad de movimiento, pero no implica el ingreso en prisión.

Las penas principales coinciden con las que solicitó el fiscal Ramón Macías Núñez en su escrito de conclusiones provisionales, al que CubaNet tuvo acceso y cuyo contenido publicó el 16 de octubre. La Fiscalía había pedido la prohibición de ejercer cargo u oficio solo para Viñas Alonso. El tribunal la extendió a los cuatro, incluido Santiesteban Prats, actual soberano gran comendador del Supremo Consejo.

Viñas Alonso dijo a CubaNet tras el juicio que el desenlace se lo había anunciado una teniente coronel de la Seguridad del Estado a la que identificó como “Kenia”. “Ella me propuso que me saliera de soberano y me quitaba todo para que fuera a ver a mi hijo a Europa”, dijo el masón a este medio. Viñas Alonso aseguró aher contestado que su hijo estaba bien y que no necesitaba ir a verlo. La respuesta de la oficial, según el masón, fue: “Como tú estás encaprichado, vas a ir a los tribunales y no vas a salir ileso”.

“Fue cantado. Ella estaba ahí hoy”, afirmó el masón, quien aseguró que los testigos “se refirieron a cosas que no son verdad”. “Nunca hicimos un trato, nunca aceptamos nada, y la dignidad del Supremo Consejo no la pongo a cuestión ni a merced de una sentencia ni de presiones ni de nada”, añadió. “Tenemos que asumir lo que tenemos que asumir con la dignidad que toca, como masones y como hombres”.

Santiesteban Prats describió a CubaNet la misma advertencia. “Se cumplió todo lo que amenazó la Seguridad del Estado”, dijo el escritor. “Ellos dijeron, o se quitan o los quitamos”. Según su testimonio, los oficiales les ofrecieron dejarlos salir del país si se apartaban. De lo contrario, les advirtieron: “Los vamos a llevar a juicio y ustedes saben que los vamos a sancionar”.

Santiesteban Prats sostuvo que en la vista no se probó que hubiera cometido un delito. “Yo lo dije allí, que yo no entendía por qué en todas esas horas que nos habían tenido ahí, no se había podido demostrar en el juicio que yo había cometido un delito”, contó. También acusó al instructor del caso de atribuirle afirmaciones que no hizo: “El instructor mintió, dijo cosas que no estaban en mi declaración”. Según el escrito fiscal, los cuatro acusados confesaron su participación en los hechos. Santiesteban Prats lo negó tras el juicio: “Yo no he reconocido el delito”.

El exprisionero político también ubicó en el tribunal a la teniente coronel identificada como “Kenia”, junto a otros oficiales. “Al final ellos obligan a los jueces, a quien sea, a cumplir. Manipulan la Policía, manipulan el tribunal”, dijo. Sobre la presencia policial en los alrededores de la sede judicial, comentó: “Como si fuéramos asesinos”. 

El 2 de noviembre, una fuente conocedora del proceso había contado a CubaNet que la policía política instalaba cámaras de seguridad cerca del tribunal, en un despliegue “similar a cuando hicieron los juicios del 11J”.

La acusación se basa en dos operaciones que suman 300 dólares. Según el escrito fiscal, el 14 de septiembre de 2023 Viñas Alonso autorizó a Santiesteban Prats a cambiar 49.600 pesos de su propiedad por 200 dólares del asilo, procedentes de donaciones. El 13 de junio de 2025 autorizó a Villegas Digat a cambiar 37.500 pesos por otros 100 dólares. Los cambios se hicieron a la tasa del mercado informal.

El abogado defensor, Roberto Ortega Ortiz, había pedido la absolución de los cuatro. En sus conclusiones provisionales sostuvo que el cambio de 200 dólares sirvió para comprar leche en polvo para los ancianos del asilo y que el de 100 dólares, hecho con dinero de Villegas Digat, le permitió a este comprar un medicamento para su hijo. El Centro de Información Legal Cubalex sostuvo el 4 de noviembre que la conducta imputada no constituía delito y que ambas operaciones constaban en los libros contables del asilo.

El expediente lo instruyó el órgano del Ministerio del Interior que investiga los delitos contra la seguridad del Estado, aunque el delito imputado figura en el Código Penal entre los delitos contra el orden económico. En la filiación de Santiesteban Prats, el fiscal escribió que este “se expresa abiertamente en contra del proceso revolucionario que impera en Cuba”.

La sentencia puede apelarse ante la sala correspondiente del Tribunal Provincial Popular de La Habana, una vez que se notifique por escrito a las partes, según la nota del tribunal.

El 7 de agosto, el Ministerio de Justicia intentó apartar a Viñas Alonso de la dirección del Supremo Consejo, pero un centenar de masones acudió a la sede de la organización, en Centro Habana, para respaldarlo, informó 14ymedio. “Para las autoridades no soy el Soberano; para mis hermanos sí lo soy”, dijo entonces Viñas Alonso. Horas antes de aquella reunión, Razones de Cuba había publicado un artículo que acusaba a Viñas Alonso y a Santiesteban Prats, entonces gran canciller del Supremo Consejo, de corrupción y de desviar fondos del asilo, sin aportar pruebas, según el mismo diario.

Santiesteban Prats ganó el Premio Alejo Carpentier en 2001 y el Premio Casa de las Américas en 2006. En diciembre de 2012 fue condenado a cinco años de prisión por una supuesta agresión y allanamiento de morada, y el 17 de julio de 2015 obtuvo la libertad condicional, según PEN International. “Esta no es mi primera vez. Ya estoy cansado de estos procesos”, dijo este jueves. “Son 18 años que llevo en esta lucha”.

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