PNR detiene a 71 personas, entre ellas “indocumentadas e ilegales en la capital”

La PNR incluyó en una misma lista a residentes sin domicilio legal en La Habana y a detenidos por drogas, prostitución o armas blancas.
Oficiales de la Policía, en La Habana
Oficiales de la Policía, en La Habana (Foto referencial: Granma)

MIAMI, Estados Unidos ― Fuerzas del Ministerio del Interior (MININT) detuvieron a 71 personas en un operativo en todos los Consejos Populares de San Miguel del Padrón, en La Habana, y entre ellas incluyeron a “personas indocumentadas e ilegales en la capital con conducta desajustada”, según publicó este domingo el periódico oficial Tribuna de La Habana.

Los detenidos fueron llevados a la undécima unidad municipal de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) por estar “implicados en hechos delictivos e ilegalidades”, de acuerdo con el diario. En la misma lista figuran personas señaladas por tenencia de drogas, ejercicio de la prostitución, tenencia de arma blanca, actividad económica ilícita y deudas de multas, además de autores de delitos que estaban pendientes de detención.

La información procede del perfil de Facebook Héroes de Azul en Cuba, que se presenta como la cuenta de la PNR. El texto del operativo circulaba en grupos de Facebook de la capital desde la tarde del 30 de octubre.

Ni la Policía ni Tribuna de La Habana precisaron cuántos de los 71 detenidos lo fueron por su situación de residencia, en qué fecha se hizo el operativo ni qué medidas se tomaron con ellos. Tampoco explicaron qué entiende la Policía por “conducta desajustada”.

Las restricciones para vivir en La Habana tienen base legal desde 1997. El Decreto 217, Regulaciones Migratorias Internas para la Ciudad de La Habana y sus Contravenciones, limitó la posibilidad de que personas de otras provincias se domiciliaran, residieran o convivieran de forma permanente en una vivienda de la capital, según lo describió la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su informe de país sobre Cuba. 

El Gobierno lo justificó con la necesidad de frenar la llegada de personas a La Habana y reducir los efectos de la sobrepoblación en la vivienda, el empleo, el transporte y el abasto de agua, electricidad y combustible. En 2011, el Decreto 293 le añadió algunas excepciones.

La Constitución de 2019 se refiere en su artículo 52 a la libertad de circulación en el territorio cubano. En el mismo informe, aprobado el 3 de febrero de 2020, la CIDH advirtió que, pese a ese artículo, “son constantes las denuncias sobre restricciones a este derecho que serían injustificadas”, y pidió al Estado cubano que permita a sus habitantes moverse libremente por el país.

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