noviembre 10, 2025

Régimen anuncia juicio oral contra Alejandro Gil y lo restringe por «razones de seguridad nacional»

El Tribunal Supremo Popular (TSP) fijó la fecha del inicio del juicio oral contra el ex viceprimer ministro Alejandro Gil Fernández.
Alejandro Gil Fernández
Alejandro Gil Fernández (Foto: Granma)

MIAMI, Estados Unidos. – La Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal Supremo Popular (TSP) señaló para este martes, 11 de noviembre, a las 9:30 a.m., el inicio del juicio oral contra el ex viceprimer ministro y exministro de Economía y Planificación, Alejandro Gil Fernández, según indicó la propia entidad en una nota difundida por los medios oficiales cubanos.

El breve comunicado precisa que, “conforme a lo establecido en los artículos 153 de la Constitución de la República de Cuba y el 477.1 de la Ley del Proceso Penal, por razones de seguridad nacional asistirán al juicio las partes y las personas autorizadas por el Tribunal”.

La Fiscalía General de la República (FGR) ya había presentado la acción penal y el expediente al Tribunal a finales de octubre. “Se solicitó responsabilidad por los delitos de espionaje, actos en perjuicio de la actividad económica o de la contratación, malversación, cohecho, falsificación de documentos públicos, evasión fiscal, tráfico de influencias, lavado de activos, infracción de las normas de protección de documentos clasificados y sustracción y daño de documentos u otros objetos en custodia oficial”, indicó la FGR.

El TSP aseguró, además, que “en cumplimiento del debido proceso, los abogados y el acusado han tenido acceso al expediente y a las conclusiones provisionales de la Fiscalía, y entregaron las conclusiones de la Defensa”. Sin embargo, al haberse invocado “razones de seguridad nacional”, el juicio no será público para la ciudadanía ni para la prensa salvo autorización expresa del Tribunal.

Lo que no se verá

La publicidad del juicio es la regla en la legislación cubana, y las excepciones deben justificarse. El propio artículo 477.1 de la Ley del Proceso Penal establece: “El juicio oral es público a menos que razones de seguridad nacional, moralidad, orden público o el respeto debido a la víctima o al perjudicado, o a sus familiares, aconsejen celebrarlo a puertas cerradas”.

El hermetismo contrasta con los reclamos de la familia del exministro. La semana pasada, su hija, Laura María Gil González, pidió un proceso abierto: “Me sumo al llamado popular de que el juicio sea público, televisado, con libre acceso a la prensa internacional e independiente”. A la vez, afirmó que su padre no admitirá culpabilidad: “No reconocerá ‘bajo ninguna circunstancia’ ningún delito; defenderá cada una de sus actuaciones, y con pruebas”.

Otra voz familiar, la de María Victoria Gil Fernández —hermana del acusado—, ha denunciado la opacidad y su potencial dimensión política. “Mi hermano sabe muchas cosas que no les conviene a mucha gente que se sepa… ¿Alguien puede creer que Alejandro Gil actuó solo?”, dijo a Telemundo 51.

En la práctica, el carácter restringido del juicio implica que ni la prensa independiente ni observadores externos podrán presenciar las sesiones.

De la acusación fiscal contra Gil divulgada el 31 de octubre se desprende un abanico de delitos graves, incluido el de espionaje. La propia FGR habla de “otros imputados” y no desagrega qué cargos corresponderían específicamente a cada uno, lo que deja sin aclarar aspectos esenciales de la imputación individual. El texto oficial se limita a enumerar los delitos por los que “se solicitó responsabilidad” y a informar que las actuaciones fueron presentadas al Tribunal.

Gil fue destituido de su cargo en febrero de 2024 por “graves errores cometidos” durante su gestión, según la versión oficial reproducida por la prensa estatal.

Otro elemento crítico de su proceso es la falta de información sobre los coacusados, las pruebas concretas y la cadena custodial de documentos supuestamente “clasificados”, todo ello imposible de contrastar ante un proceso que, de entrada, se desarrollará sin acceso ciudadano ni de prensa. 

La nota del TSP no menciona presencia de observadores independientes ni admite transmisión audiovisual; por el contrario, restringe el acceso a “las partes y las personas autorizadas por el tribunal”.

El discurso oficial insiste en que se ha garantizado el “debido proceso”; a su vez, el TSP repite que defensa y acusado accedieron al expediente. Son afirmaciones relevantes, pero imposibles de verificar públicamente si el debate oral se celebra a puerta cerrada.

Frente a ello, la familia del exministro sostiene dos puntos: que el juicio debe ser público y que el acusado no admitirá delitos. 

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