septiembre 10, 2026

Condenan a exdirector del Ballet Folklórico de Camagüey por acoso sexual a menores

Pese a la gravedad de los hechos, Reinaldo Ángel Echemendía Estrada fue condenado a solo tres años de privación de libertad, que cumplirá bajo la modalidad de prisión domiciliaria.
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Reinaldo Echemendía. (Foto: Facebook del Consejo Provincial de Artes Escénicas de Camagüey)

MADRID, España.- Reinaldo Ángel Echemendía Estrada, fundador y exdirector del Ballet Folklórico de Camagüey, fue condenado a tres años de privación de libertad, bajo la modalidad de prisión domiciliaria, por acoso sexual a menores de edad, informó el periodista independiente José Luis Tan Estrada.

El tribunal acogió la petición de la Fiscalía y dispuso además la separación definitiva de Echemendía de los cargos que ocupaba dentro de instituciones culturales de la provincia. El condenado cumplirá la sanción en su vivienda del reparto Torre Blanca, en Camagüey.

“Se hizo justicia”, afirmó Tan Estrada, quien durante más de un año dio seguimiento público al caso y a las denuncias contra el exdirector. No obstante, el periodista consideró insuficiente la sentencia y sostuvo que, por la gravedad de los hechos, Echemendía debía cumplir la condena en prisión.

Las primeras denuncias trascendieron públicamente en abril de 2025, después de que la madre de una estudiante de la Escuela de Arte Luis Casas Romero denunciara que su hija había sufrido acoso e insinuaciones inapropiadas durante sus prácticas profesionales.

Según la información difundida entonces, la respuesta inicial de las autoridades culturales fue trasladar a la estudiante a otra agrupación, mientras Echemendía recibió una amonestación privada. Posteriormente aparecieron nuevos testimonios y se abrió un proceso penal.

Tan Estrada denunció además que durante el juicio hubo “amenazas, acoso, coacción e intimidación” contra víctimas para que desistieran de sus denuncias o evitaran comparecer ante el tribunal. Pese a ello, señaló, varias acudieron a declarar y presentaron sus testimonios y pruebas.

El periodista también responsabilizó a altos funcionarios provinciales de haber intentado evitar que el proceso avanzara. Mencionó específicamente al gobernador de Camagüey, Jorge Enrique Sutil Sarabia, y al primer secretario del Partido Comunista en la provincia, Walter Simón Noris.

Echemendía fundó el Ballet Folklórico de Camagüey en 1991 y durante décadas recibió reconocimientos de instituciones oficiales. Hasta fechas cercanas al juicio, su nombre continuaba vinculado públicamente a la agrupación.

El precedente de Fernando Bécquer

En su valoración del caso, Alas Tensas estableció un paralelo con el proceso contra el trovador Fernando Bécquer, otra figura durante años vinculada a los circuitos culturales oficiales.

Las primeras acusaciones públicas contra Bécquer aparecieron a finales de 2021. Para marzo de 2022 se habían divulgado alrededor de 50 testimonios de mujeres que lo señalaban por agresiones sexuales ocurridas durante años, aunque solo una parte de esos casos llegó finalmente ante los tribunales.

Bécquer fue declarado culpable en octubre de 2022 por varios delitos de abusos lascivos, pero la sanción impuesta inicialmente tampoco supuso su ingreso en una cárcel. Tras el proceso de apelación quedó condenado a tres años y cuatro meses de limitación de libertad.

La medida generó críticas de activistas, periodistas y organizaciones feministas. Meses después, Bécquer publicó canciones con ataques contra sus denunciantes y feministas cubanas. En enero de 2023, el Tribunal Municipal Popular de Centro Habana revocó la sanción alternativa al considerar que había incumplido las condiciones impuestas y ordenó finalmente su ingreso en un establecimiento penitenciario.

Para Alas Tensas, aunque existen diferencias procesales entre ambos casos, se repite una secuencia: hombres con reconocimiento dentro de la cultura oficial, denuncias graves que alcanzan primero amplia visibilidad en medios independientes y redes sociales, respuestas institucionales demoradas y sanciones iniciales que evitan el internamiento penitenciario.

En el caso de Echemendía, además, la revista destaca que la respuesta judicial llegó después de más de un año de exposición pública, mientras se acumulaban cuestionamientos sobre la actuación de las autoridades y denuncias de presiones contra quienes participarían en el proceso.

Alas Tensas subrayó que el problema trasciende a Echemendía y Bécquer y planteó que la cercanía de determinadas figuras con las estructuras de poder puede traducirse, al menos inicialmente, en una mayor tolerancia institucional frente a denuncias de violencia sexual.

La publicación recordó además que Cuba cuenta desde enero de 2026 con un nuevo Código de la Niñez, Adolescencias y Juventudes y que desde 2021 está vigente una Estrategia Integral de Prevención y Atención a la Violencia de Género y en el Escenario Familiar. Sin embargo, advirtió que la existencia de esos instrumentos legales no garantiza por sí sola la protección efectiva de las víctimas.

“Una sentencia no equivale a reparación”, concluye el análisis. Para la publicación, cuando las denuncias solo avanzan después de una presión pública sostenida, las víctimas terminan obligadas a buscar fuera de las propias instituciones el respaldo necesario para obtener protección y una respuesta judicial.

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