La transición a la democracia y la reconstrucción de un país no pasa solamente por cambiar a sus gobernantes. También exige transformar las leyes, las instituciones y el sistema de justicia que han permitido la persecución política.
¿Qué ocurrirá con los presos políticos? ¿Cómo impedir que el derecho vuelva a convertirse en una herramienta de persecución política? ¿Cómo garantizar derechos humanos fundamentales durante y después de la transición? ¿Y cuánto tiempo podría tomar la construcción de un Estado democrático y de derecho?
En esta entrevista, conversamos con Alain Espinosa, abogado de Cubalex, sobre los desafíos legales de una futura transición democrática en Cuba. Hablamos de la amnistía para los presos políticos, de la necesidad de transformar el actual Código Penal y de las prioridades jurídicas para desmontar el sistema represivo.
En una eventual transición, ¿qué debería ocurrir con quienes están presos o han sido condenados por delitos considerados políticos? ¿Amnistía, revisión de las condenas, nulidad de los procesos o algún otro mecanismo?
Yo creo que la solución más factible con las personas privadas de libertad por motivos políticos es declarar la amnistía de los mismos.
Contrario al resto de los recursos, lo que tiene es que reconoce que no existió el delito que se les imputó y por el cual sancionaron a estas personas, con lo cual ahí sí quedaría realmente saldado, en materia de justicia, la situación de estas personas que, realmente, no cometieron delito, sino que estaban en el ejercicio efectivo de derechos como puede ser la libertad de asociación o la libertad de expresión.
Fuera de esos casos más significativos, cabría hacer algún tipo de análisis puntual para determinar si realmente hubo algún tipo de exceso o hubo algún tipo de delito que amerite una figura diferente, pero en la mayoría de los casos te diría que el recurso por antonomasia sería la amnistía.
Cubalex ha documentado cómo determinadas figuras, como la propaganda contra el orden constitucional, el desacato o los delitos contra el orden constitucional, pueden utilizarse para criminalizar las protestas o el disenso político. En una Cuba democrática, ¿deberían redefinirse o desaparecer este tipo de delitos?
En una futura Cuba totalmente democrática, no solamente este tipo de delitos -como puede ser el desacato, los desórdenes públicos y demás tradicionalmente utilizados para criminalizar el ejercicio de derechos humanos-, sino que la mayoría de los delitos tendrían que ser revisados, tendrían que ser sometidos a un escrutinio y ver aquellos donde el tipo penal está correctamente definido y los otros donde son amplios y carentes de definición.
A partir de ahí, tomar entonces la decisión de si se mantienen, si se modifican o si directamente son eliminados del Código Penal cubano porque son delitos que básicamente no están protegiendo ningún bien jurídico.
Teniendo en cuenta esto, ¿qué cambios fundamentales necesitaría el sistema penal cubano para impedir que el derecho vuelva a convertirse en una herramienta de persecución política?
La primera herramienta sería contar con jueces que realmente ponderen los principios de la función judicial, la búsqueda de la verdad objetiva, la imparcialidad, la libre apreciación de la prueba.
Esto se garantiza, sobre todo, con la pluralidad de voces, de partidos políticos o de personas -en este caso- en el poder legislativo, y haciendo que el país sea realmente plural, donde los jueces no tengan que responder a una ideología determinada.
Y el segundo punto que me parece indispensable en este caso es contar con una legislación que realmente sea hecha con el objetivo de garantizar una estabilidad y una legalidad en el país y no que tenga figuras penales que son destinadas, básicamente, a perseguir a todo el que disienta y a criminalizar cualquier tipo de ejercicio efectivo de derechos humanos.
En ese proceso, ¿cómo garantizar principios como la independencia judicial, el debido proceso, la libertad de expresión y la igualdad ante la ley?
Creo que la manera más útil de garantizar esos principios es, primero que todo, tener en cuenta la pluralidad de voces tanto dentro de la esfera política cubana como dentro del futuro congreso o el parlamento cubano.
Y una cuestión que me parece fundamental es el mecanismo mediante el cual van a llegar los futuros jueces a ocupar esa posición dentro del sistema o dentro del poder judicial cubano.
En cualquier país del mundo, un juez lo primero que tiene que hacer es demostrar una aptitud desde el punto de vista profesional. Y eso no está estipulado hoy en Cuba, sino que actualmente la mayoría de los jueces son designados por su condición o su ideología o, directamente, muchas de las plazas son cubiertas con egresados de la Universidad por la poca voluntad que tienen los profesionales del derecho en ocupar este tipo de plazas, precisamente, por todo lo que conlleva: por la obligación de criminalizar ejercicios efectivos de derechos humanos, en lugar de realmente poder impartir justicia.
Si Cuba inicia una transición hacia un Estado democrático y de derecho, ¿qué debería ocurrir con el actual Código Penal? ¿Habría que reformarlo profundamente o sería necesario elaborar un nuevo Código desde cero?
Lo ideal sería poder reformular el Código Penal y convertirlo en una nueva norma que se ajuste a los estándares internacionales. Sobre todo, que tenga una técnica de redacción legislativa, pero en caso de que eso no se pueda llevar a cabo porque sea un proceso demasiado complicado, creo que sí lo que se puede hacer es someter ese código a un análisis exhaustivo donde se puedan determinar, primero, qué figuras son las que no se corresponden realmente con la protección de bienes jurídicos y eliminarlas; y, para el resto, reformularlas de manera tal que esté correctamente definido que todos los conceptos, los bienes jurídicos protegidos y demás sean los correctos.
De esta manera, podríamos garantizar una correcta aplicación de las normas que tienen una trascendencia vital en la vida de las personas, precisamente, porque una de las cuestiones sobre las que trascienden es sobre la libertad.
Pero, si se tiene en cuenta que tanto el Código Penal como el Código de las Familias y toda la legislación que ha aprobado el régimen cubano en los últimos años, establecen en los preámbulos que entre sus objetivos está sostener la Constitución de la República de Cuba y esta, a su vez, es una Constitución donde se impone ese sistema y esa ideología que usa el derecho para reprimir a los ciudadanos, entonces sí habría que hablar de cambiarlo desde la matriz, desde el basamento inicial, no solo revisarlo o reformarlo. ¿No cree?
Claro, pero ahí tú tienes una diferencia importante respecto de la Constitución y es que el Código Penal tú lo puedes reformar parcialmente. En el caso de la Constitución no, porque tienes un grupo de cláusulas que no te permiten reformar aquellas cláusulas de intangibilidad, como pueden ser, por ejemplo, la irrevocabilidad del sistema socialista; con lo cual, la Constitución sí tendrías que eliminarla de manera completa, o sea, tendrías que volver a hacer una Constitución nueva.
En el caso del Código Penal y el resto de las leyes, tú no tienes esa limitante.
Tanto el Código Penal como el resto de las normas legales que se han ido redactando y poniendo en vigor después de 1959, necesitan ser sometidas a un escrutinio y lo primero que habría que hacer es revocar o eliminar todos aquellos artículos que, de una manera u otra, supeditan esa norma a la ideología socialista o al socialismo.
Lógicamente, lo ideal en un contexto de regreso a la democracia en Cuba sería poder establecer toda una normativa correcta de cero que cumpla realmente con todos los principios de los estándares internacionales y que sea elaborada bajo principios de redacción normativa que sean totalmente coherentes.
Pensando en los primeros meses de una transición, ¿cuáles serían las prioridades legales para desmontar el actual sistema represivo y garantizar un sistema de justicia tanto para los ciudadanos como para el propio Estado?
Lo primero que tendríamos que hacer es aplicar lo que se llama en derecho “leyes puentes” o “constituciones provisionales”, de manera tal que se pueda dar un marco legal que te permita reformular todo el ordenamiento jurídico vigente de una manera coherente y ajustada a los estándares internacionales.
De hecho, yo creo que ahí se podría partir de ejemplos como puede ser el de Sudáfrica, cuando se eliminó el apartheid, o como el de Polonia. En estos dos casos, tuvieron constituciones provisionales o transitorias que establecían un poder legislativo plural.
En Cuba tiene que existir pluralidad para que, a partir de eso, se pueda establecer una independencia de poderes. El poder judicial puede establecer todas sus obligaciones de control, sobre todo de constitucionalidad y de convencionalidad a partir de esta pluralidad de voces.
Y esta Constitución provisional, una de las cuestiones que tiene que hacer es tener una visión de derechos humanos que, en un inicio, yo diría que el mecanismo más cercano para lograrlo es tratar de crear una suerte de bloque de constitucionalidad donde existan determinados derechos que garanticen una continuidad de esa democracia.
Pero, además de esto, también incluir los principales tratados de derechos humanos de manera tal que un juez pueda apalancarse en ellos para poder establecer la justicia durante este período de transición.
Después, con el tiempo necesario, si se quiere, redactar una constitución que parta de la pluralidad de voces, donde todos los espacios tengan participación y que sea una constitución mucho más amplia, con una visión muy completa de derechos humanos.
Según ese orden de prioridades, ¿cuáles serían esas fases o pasos fundamentales que Ud. establecería?
Si tuviera que establecer un orden de prioridades en esa supuesta transición, sin duda alguna, lo primero que pondría en esa lista es la liberación de todas las personas que están privadas de libertad por motivos políticos y cuya encarcelación es totalmente ilegal e injusta.
El segundo paso más importante, porque daría de alguna manera una garantía o un cuerpo legal sobre el cual apalancarse para poder llevar a cabo el resto de las acciones, es establecer esta “ley puente” o “constitución provisional”, la cual tiene que tener elementos muy puntuales, como puede ser el establecer un órgano legislativo plural, sobre todo que establezca también la obligación de elecciones libres y directas y, además de esto, que establezca todo un grupo de garantías de derechos fundamentales que no se pueden mover y que se complementarían con este bloque de constitucionalidad con los estándares internacionales.
A partir de ahí, comenzar entonces con la recuperación o reestructuración de toda la parte institucional cubana para que, por ejemplo, puedan ser electos finalmente los integrantes del poder legislativo por el voto directo y popular.
En todo este proceso que describe, ¿cuánto tiempo cree que tardaría hasta llegar a la fase final, que sería el establecimiento de un gobierno democrático?
Si bien todos añoraríamos poder retornar a la democracia y a la estabilidad en el menor tiempo posible, creo que en Cuba no va a ser un proceso corto, no puede ser un proceso corto en aras de poder hacer las cosas de manera correcta.
Sudáfrica, por ejemplo, tuvo un período de transición de 2 años, en el caso de Polonia, la transición fue un poco más larga, de 5 años.
Creo que los cubanos tenemos que establecer esta constitución provisional que nos garantice un funcionamiento como país, por lo menos dentro de límites donde se respeten y se garanticen los derechos humanos y, a partir de ahí, sin hacerlo con una obligación de premura, entonces tratar de reestructurar nuestro país de la mejor manera posible y eso, evidentemente, va a llevar un período que no debe ser corto.
Ahora mismo yo no me aventuraría a decir un término determinado porque en Cuba está todo por reformularse, está todo por hacerse. Y debemos garantizar que exista esa separación de poderes, con la pluralidad necesaria, para poder llegar a un final feliz que, en este caso, sería tener una democracia lo más estable posible.
Hablas de una Constitución provisional, ¿cuál sería, la del 40 o la actual con modificaciones?
En este caso la Constitución Provisional tendría que ser una norma nueva creada, precisamente, para esa transición y ajustada a los tiempos que corren.
La Constitución del 40 fue muy moderna, muy adelantada para su época, pero no hay que descartar que es una constitución que tiene prácticamente un siglo de existencia, con lo cual, mantenerla en mi opinión particular, es prácticamente negar la propia evolución de la humanidad durante casi un siglo.
En este caso, a mí me parece que no tendría que utilizarse ninguna de las dos, o sea, ni la del 40 ni la actual. En el caso de la actual, por todas las falencias que tiene, la mala técnica legislativa que se utilizó, todas esas cláusulas de intangibilidad que destacan el socialismo como irrevocable.
Y tampoco la Constitución del 40 porque, si bien para aquel momento era una Constitución bastante avanzada y que cubría todas las necesidades que se tenía en ese momento, no prevé un grupo de derechos humanos que surgieron o quedaron plasmados en años posteriores.
Por lo que, en mi opinión, habría que hacer un nuevo documento que, además de esto, no tiene que ser extremadamente extenso. Yo lo haría también creando esta suerte de bloque de constitucionalidad que se integre también con los tratados internacionales. Esto nos daría un marco jurídico bastante robusto para enfrentar este período de transición.
Definitivamente, hay mucho por hacer, o todo por hacerse, como decía antes.
Sí. Para mí, sobre todo, lo más importante en este caso sería el tema de la independencia judicial, de cómo se podría reformar el poder judicial que tiene mucho que ver con la actitud, con la capacidad de los jueces desde el punto de vista profesional y no desde el punto de vista ideológico, como se ha hecho durante estos casi 70 años.
Y esto tiene que ver también con la formación de los juristas en Cuba. Después de 1959 nunca más se ha tenido una formación en derechos humanos dentro de la carrera de derecho y esto sería una de las cosas que, en mi opinión, habría que retomar.
El poder judicial y el poder conservar su independencia, constituye una de las cuestiones fundamentales de cara a una transición y de cara a una democracia estable en Cuba.









