Cuba suspenderá servicios bancarios los días 30 y 31 de diciembre

Cuba suspenderá servicios bancarios los días 30 y 31 de diciembre

La medida dejará paralizado por dos días todo intento de transferencias electrónicas, por lo que no funcionarán servicios como la tienda online TuEnvio y las plataformas EnZona y Transfermóvil

Banco Metropolitano, Cuba, Pastor,
Sucursal de Banco Metropolitano en el Vedado, La Habana (Foto: Granma)

LA HABANA, Cuba. – Autoridades del Banco Central de Cuba (BCC) informaron este lunes en el espacio Mesa Redonda sobre la suspensión de los servicios bancarios los días 30 y 31 de diciembre ante el inicio de “tarea de reordenamiento monetario y cambiario”.

De acuerdo con funcionarios de esa entidad, el miércoles 30 y jueves 31 de diciembre las sucursales para gestiones financieras “no estarán prestando servicio al público”. Otro servicio muy demandado entre los clientes cubanos, la banca electrónica, funcionará hasta las seis de la tarde del miércoles 30 y se reanudará a partir del día primero.

La medida dejará paralizado por dos días todo intento de transferencias electrónicas, por lo que no funcionarán servicios como la tienda online TuEnvio y las plataformas EnZona o Transfermóvil.

Todos los bancos (Bandec, Metropolitano y BPA) estarán trabajando en la entrega del “cierre del año 2020”.

Cabe señalar que, en otras ocasiones, este tipo de trabajo por parte del Banco Central de Cuba se ha prolongado más días de lo anunciado.

Durante su comparecencia en la Mesa Redonda, la ministra presidenta del Banco Central de Cuba, Marta Wilson González, dijo que los cubanos no podrán extraer pesos cubanos convertibles (CUC) de sus cuentas de banco ni realizar depósitos en esa moneda.

Los poseedores de cuantas de ahorro en CUC podrán cambiarlos a dólares y euros, pero no podrán extraerlos debido a que esos depósitos no cuentan con respaldo ni liquidez. El banco emitirá un certificado de depósito para esos clientes, sin embargo, no se podrá ingresar ni sacar dinero, tampoco hacer transferencias a otros productos bancarios en divisas.

La medida ya estaba contenida en la Gaceta Oficial No. 73 Ordinaria de 2020.

“El titular del certificado de depósito en dólares estadounidenses o euros, una vez constituido, no puede incrementar su saldo, extraer efectivo en estas monedas, ni transferirlos hacia otros productos bancarios en moneda extranjera; cuando las condiciones del país permitan contar con disponibilidad de divisa para respaldar estos certificados, podrán modificarse sus condiciones”, precisa la regulación.

El Banco Metropolitano anunció recientemente que los cajeros solo ofrecerán CUP a los titulares de cuentas corrientes.  En el caso del CUC, todavía podrá ser usado para pagar en las tiendas recaudadoras de divisas.

Recibe la información de CubaNet en tu celular a través de WhatsApp. Envíanos un mensaje con la palabra “CUBA” al teléfono +1 (786) 316-2072, también puedes suscribirte a nuestro boletín electrónico dando click aquí.

Pablo González

Periodista independiente. Reside en La Habana.

[fbcomments]