Deuda del régimen cubano con España asciende a 1 970,66 millones de euros

Deuda del régimen cubano con España asciende a 1 970,66 millones de euros

La cifra, que data del pasado 31 de enero, representa casi las dos terceras partes del total de la deuda de toda Iberoamérica

Díaz-Canel; Cuba; Economía; Reservas;
Miguel Díaz-Canel y Alejandro Gil Fernandez (Foto: Cubadebate)

MIAMI, Estados Unidos. – La deuda del régimen cubano con el gobierno de España asciende a los 1 970,66 millones de euros, confirmaron autoridades del país ibérico durante un intercambio en el parlamento.

La cifra, recogida por la agencia Europa Press, data del pasado 31 de enero y representa casi las dos terceras partes del total de la deuda de toda Iberoamérica (3 086,68 millones de euros).

Los 1 970,66 millones de euros registrados en 2020 prácticamente cuatriplican los 537,3 millones de euros en que se encontraba la deuda en 2015, año en que España, en el marco de un acuerdo multilateral entre acreedores, condonó a la Isla 1 709,9 millones de euros en concepto de intereses.

Además de Cuba, solo cuatro países de América deben más de 100 millones de euros al gobierno de España: Ecuador, con 235,58 millones de euros; Venezuela (217,97 millones); Argentina (205,98 millones) y Nicaragua (142,78 millones).

Por detrás se encuentran República Dominicana (87,74 millones), México (36,83), El Salvador (36,56), Honduras (28,76), Colombia (28,13), Paraguay (25,85), Panamá (25,23), Costa Rica (22,11), Uruguay (14,05 ) y Bolivia (8,43).

Llama la atención el caso de Chile, con una deuda simbólica de apenas 20 000 euros.

El monto total de la deuda de Cuba fue informado por las autoridades españolas en respuesta al grupo opositor Vox, interesado en saber si el gobierno tiene intención de condonar la deuda de los países iberoamericanos, un reclamo del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero.

La ley reguladora de la gestión de la deuda externa establece que las actuaciones de alivio de deuda por parte del gobierno español “se limitarán a casos excepcionales en los que el sobreendeudamiento lastre el desarrollo del país deudor”.

La normativa, fijada en 2006, añade que las actuaciones de alivio de deuda deberán ser coordinadas de manera multilateral con otros acreedores oficiales en el Club de París, foro que reúne a los principales acreedores soberanos y en el que se consensuan las actuaciones.

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