Una comparación exhaustiva realizada por Cubalex entre los 2,010 beneficiarios del Decreto Presidencial 1212/2026 y el registro de víctimas documentadas por la organización, reveló que al menos cuatro personas incluidas en la reciente lista de indultados fueron previamente monitoreadas por sufrir graves violaciones de derechos humanos en Cuba.
Las coincidencias identificadas corresponden a Ana Laura Parra González, Maikel Seara Padrón, Yudimar Barallobre Columbie y Kevin Lay Laureido Rojas.
Casos documentados
En el caso de Yudimar Barallobre Columbie, trascendió que fue detenido y agredido físicamente por agentes de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) y altos oficiales de la Seguridad del Estado el 14 de noviembre de 2021, en su vivienda en Ciego de Ávila, en el contexto de la represión vinculada a la marcha cívica convocada para el 15N. La organización no ha podido verificar los delitos que se le imputaron ni si su inclusión en la lista de indultados de 2026 corresponde a aquella detención.
Otro de los casos es el del joven Kevin Lay Laureido Rojas, sometido en 2025 a un juicio militar en Isla de la Juventud por abandonar la unidad en la que había sido incorporado al Servicio Militar Obligatorio. La fiscalía solicitó para él cuatro años de privación de libertad.
“Se lo llevaron obligado, él no soportó y se escapó para su casa. Allá lo fueron a buscar y lo metieron preso”, relató a Cubalex una fuente desde la Isla de la Juventud hace un año.
Según la información disponible en la prensa, una comisión médica había declarado previamente al joven no apto para el servicio militar debido a problemas psiquiátricos y ortopédicos que presentaba desde hacía años.
Sobre Maikel Seara Padrón, de Nuevitas, Camagüey, sus familiares denunciaron públicamente en 2025 que llevaba casi dos años en prisión provisional por un presunto robo en el frigorífico municipal, sin que se celebrara juicio y se dictara sentencia. Según la denuncia de sus familiares, el proceso se desarrolló sin elementos probatorios suficientes que destruyeran la presunción de inocencia..
Respecto a Ana Laura Parra González, manifestante del 11J en Matanzas, Human Rights Watch (HRW) documentó que fue detenida junto a su hermano durante una protesta pacífica, acusada de “desorden público” y sometida a una medida cautelar de reclusión domiciliaria durante la espera del juicio. El 20 de septiembre de 2021 se le impuso una multa de 1.000 pesos y un agente le indicó que su causa penal sería archivada. No ha podido verificarse que la persona incluida en el Decreto 1212/2026 sea la misma, ni que su inclusión guarde relación con dichos hechos.
La aparición, entre las personas indultadas, de casos previamente documentados por organizaciones de derechos humanos como no privadas de libertad —sin que el decreto permita confirmar identidades ni causas— evidencia las dificultades de seguimiento y documentación derivadas de la opacidad con que actúa el Estado cubano. Esto restringe el acceso de la ciudadanía a información de interés público y provoca que gran parte de la información disponible proceda de subregistros y no de fuentes oficiales, pese al deber estatal de transparencia.
Indultos con presencia de causas juzgadas en tribunales militares y en Salas de los Delitos contra la Seguridad del Estado
El análisis del Decreto Presidencial 1212/2026 también permitió identificar la presencia de personas condenadas en causas vinculadas a tribunales militares y Salas de los delitos contra la Seguridad del Estado.
Cubalex identificó 95 personas con al menos una causa juzgada por este tipo de salas, para un total de 102 causas. Esta cifra representa un 4.7% del total de personas indultadas.
Lo anterior pudiera entrar en contradicción con las declaraciones realizadas por el régimen el mes anterior, cuando confirmó que no iban a considerar para las excarcelaciones llamados ‘delitos contra la autoridad’, sin embargo, no existen elementos suficientes para comprobarlo. Aunque estas salas tienen competencia para conocer causas por delitos contra la Seguridad del Estado, también conocen, en función de lo penal, determinados delitos graves no relacionados con dicha categoría. Dado que el decreto de indulto no identifica los delitos por los cuales fueron sancionadas las personas beneficiadas, la información disponible no permite concluir que se trate efectivamente de condenas por delitos contra la Seguridad del Estado.
El Decreto solo hace referencia a las causas, salas y tribunales correspondientes, mediante los nombres de los indultados. Sobre la base de la información disponible, Cubalex no ha identificado a ningún manifestante del 11J o cualquier otra persona sancionada por delitos contra la Seguridad del Estado que sobre en sus registros en este conjunto.
Asimismo, el análisis detectó 286 personas (14% del total de indultadas), con varias causas tramitadas en tribunales militares, acumulando 300 causas.
Los datos muestran además una concentración temporal en causas recientes, especialmente entre 2023 y 2026, así como una concentración territorial en tribunales provinciales y municipales en La Habana, así como en varias salas penales provinciales. También se identificó un número significativo de beneficiarios con más de una causa asociada. El Estado no explica por qué seleccionó dichas causas para revisión e indulto y no otras, ni transparenta los criterios usados para escoger a las personas beneficiadas.
Cubalex concluye del análisis de esta información que los indultos se concentraron de manera marcada en causas recientes radicadas en tribunales de la jurisdicción penal ordinaria, aunque hay un subconjunto de casos en tribunales militares y otros juzgados en Salas de Delitos contra la Seguridad del Estado. No obstante, la ausencia de información sobre los delitos concretos impide establecer cuántos de estos casos correspondían efectivamente a delitos militares o contra la Seguridad del Estado, ya que ambos órganos también pueden conocer otras conductas tipificadas en la legislación penal.
El comportamiento de las cifras también evidencia un incremento sostenido de personas sancionadas por tribunales militares entre los indultados más recientes. Mientras que entre las causas fechadas entre 2020 y 2022 estas representaban entre el 2% y el 3.6% anual, en 2023 ascendieron al 7.8%, en 2024 alcanzaron el 17.6% y en 2025 llegaron al 20.6%. Es decir, aproximadamente una de cada cinco personas indultadas con causas de ese año fueron sancionadas por tribunales militares. En 2026 la cifra alcanzó un 16%.
La elevada concentración de causas provenientes de tribunales militares sugiere, además, que una parte significativa de los delitos pudiera estar relacionada con hechos de naturaleza económica. Ello se debe a que esta jurisdicción puede conocer conductas previstas en la legislación penal ordinaria cuando intervienen personas sujetas al fuero militar o cuando los hechos ocurren en entidades y espacios bajo jurisdicción militar. En Cuba, una parte significativa de la actividad económica está controlada por conglomerados empresariales vinculados a las FAR, cuyos trabajadores y operaciones pueden quedar sujetos a esta jurisdicción. En consecuencia, la presencia de numerosas causas radicadas en tribunales militares sugiere que una parte importante de estos casos podría corresponder a delitos comunes vinculados a dichas estructuras y no necesariamente a delitos militares.
Cubalex también ha documentado casos en los que la jurisdicción militar se ha utilizado para castigar la expresión crítica y disciplinar ideológicamente a antiguos integrantes del aparato estatal. No obstante, la falta de información sobre los delitos imputados impide determinar su naturaleza con certeza.
Resulta relevante, además, que de las 1,222 causas únicas registradas en el listado, el 39% (482 casos) involucró el indulto de varias personas. Asimismo, se identificaron 31 causas, fechadas entre 2023 y 2025, en las que el número de beneficiarios superó la decena en una misma causa, indicando la existencia de procesos masivos.
Por último, destaca que varias personas ‘reincidentes’ fueron indultadas, a pesar de que la declaración oficial indicara que no serían beneficiadas. En total, 407 personas, equivalentes al 20%, aparecen con más de un registro, y 173 personas tienen múltiples causas dentro del mismo año. Por ejemplo, fueron excarceladas 2 personas con ocho y nueve causas, y otras 10 que tenían entre cinco y seis.
El análisis realizado por Cubalex evidencia profundas contradicciones entre el discurso oficial sobre el proceso de indultos y la composición real de las personas beneficiadas, poniendo en duda la calificación oficial de la medida como un “gesto humanitario”.
Estas contradicciones reflejan el carácter instrumental de las excarcelaciones en Cuba. Como Cubalex ha señalado anteriormente, medidas como los indultos masivos han sido utilizadas históricamente como herramientas de política exterior, mecanismos de gestión de crisis y recursos de legitimación internacional. La ausencia de transparencia y de información alrededor de los delitos, u otras circunstancias alrededor de las personas beneficiadas, enturbia este proceso, profundamente conectado a un patrón de instrumentalidad política identificado por la organización, donde las excarcelaciones, lejos de ser un gesto humanitario, constituyen un mecanismo de control y moneda de cambio para satisfacer los intereses del régimen cubano.
Conclusiones
El análisis del Decreto Presidencial 1212/2026 evidencia que la información oficialmente divulgada sobre el proceso de indultos resulta insuficiente para verificar, de manera independiente, los criterios aplicados en la selección de las personas beneficiadas. La ausencia de datos sobre los delitos sancionados, las razones que motivaron cada concesión y los parámetros utilizados para determinar la elegibilidad, limitan la transparencia de una medida de evidente interés público.
Los hallazgos obtenidos muestran, además, discrepancias entre las declaraciones oficiales y la composición real del universo de personas indultadas, incluyendo beneficiarios con causas tramitadas ante tribunales militares, salas especializadas en delitos contra la Seguridad del Estado y personas con múltiples antecedentes penales. Aunque la información disponible no permite determinar la naturaleza exacta de todas las condenas, sí pone de manifiesto la falta de claridad y rendición de cuentas que caracteriza este proceso.
En conjunto, los resultados confirman que el sistema de justicia penal cubano continúa operando bajo elevados niveles de opacidad, dificultando el escrutinio público de decisiones estatales con impacto directo sobre derechos fundamentales y limitando la capacidad de la sociedad civil para documentar y evaluar de manera completa sus efectos.