Indulto en Cuba: sin transparencia ni garantías para los presos políticos

El gobierno cubano anunció este 2 de abril la excarcelación de más de dos mil personas sancionadas mediante un indulto en el contexto de la Semana Santa.

Desde Cubalex denunciamos la persistente falta de transparencia en este proceso. Como en ocasiones anteriores, las autoridades no han publicado un listado oficial de las personas beneficiadas ni han aclarado si incluye a personas privadas de libertad por motivos políticos, haciendo la distinción de que los delitos excluidos incluyen “delitos contra la autoridad”. Esta opacidad no solo impide verificar el alcance real de la medida, sino que también encubre posibles exclusiones arbitrarias y refuerza la discrecionalidad con la que se gestionan estas decisiones.

Hasta la mañana de hoy, la información recibida por Cubalex desde cinco prisiones indica que los beneficiados han sido, en su mayoría, personas condenadas por delitos comunes que ya se encontraban en término de libertad condicional. Continuamos monitoreando la evolución del proceso.

Según la información oficial, la medida se fundamenta en criterios como “la buena conducta, el cumplimiento parcial de la sanción y el estado de salud”. Entre las personas beneficiadas se incluyen jóvenes, mujeres, personas mayores de 60 años, extranjeros y cubanos residentes en el exterior. 

De acuerdo con el artículo 93 del Código Penal, el indulto solo extingue la sanción principal y no las sanciones accesorias, salvo que se disponga expresamente. Tampoco implica la cancelación de los antecedentes penales ni la responsabilidad civil, a menos que tenga carácter definitivo y se establezca de forma explícita en la disposición correspondiente.

Históricamente, el uso del indulto en Cuba ha servido como una herramienta de canje político y propaganda, más que como un acto de justicia, tal como lo demuestra la siguiente cronología de beneficios selectivos:

1978 – Indulto de 3000 reclusos sancionados por delitos contra la seguridad del Estado y 600 sancionados por violaciones migratorias, en contexto de diálogo con la comunidad cubana en el exilio y la mediación del presidente Jimmy Carter, con el rechazo de presos políticos plantados.

1998 – Indulto de 299 presos, incluyendo presos políticos, a raíz de la visita de Juan Pablo II a Cuba.

2010 – Excarcelación de más de 100 presos políticos (incluyendo víctimas de la llamada Primavera Negra) bajo licencia extrapenal o libertad condicional, y frecuentemente condicionados al exilio, tras el diálogo con la Iglesia Católica y el gobierno de España.

2011 – Indulto de 2900 presos, incluyendo algunos sancionados políticos, en los meses previos a la visita del Papa Benedicto XVI a la isla.

2015 – Indulto de 3 500 sancionados, excluyendo delitos contra la seguridad del Estado, en ocasión de la visita del Papa Francisco.

2019 – Indulto a 2 600 sancionados, a raíz de la aprobación de la nueva Constitución.

2020 – Excarcelación de 10 mil presos comunes con beneficios de excarcelación anticipada, en el contexto de la pandemia de Covid-19, sin beneficiar a presos políticos.

2025  – Excarcelación de 553 personas tras negociaciones con EE. UU. y el Vaticano. De ellas Cubalex pudo confirmar 205 con sanciones políticas, y al menos 7 han sido devueltas a prisión, y una forzada al exilio.

2026 – Excarcelación de 51 personas privadas de libertad, como gesto de “buena voluntad” con el Vaticano. Cubalex ha confirmado 26 presos políticos.

La actual se trata de la segunda excarcelación en lo que va de 2026, en un contexto de crisis y creciente presión internacional. Esta medida se presenta como “un gesto humanitario”, mientras cientos de personas continúan privadas de libertad por razones políticas, tras procesos sin garantías y marcados por la criminalización del ejercicio de derechos fundamentales. Esta realidad confirma que la prisión política sigue siendo una práctica sistemática en Cuba.

Sin información pública, verificable y accesible, estas medidas carecen de garantías reales y responden más a intereses estratégicos que a un compromiso genuino con los derechos humanos.

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