El activista cubano Alexander Verdecia Rodríguez, integrante de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU), fue condenado recientemente por un Tribunal de Granma a siete años de privación de libertad por los supuestos delitos de “propaganda contra el orden constitucional” e “instigación a delinquir”.
Sin embargo, los verdaderos motivos de esta condena tienen marcado carácter político: su activismo en su localidad Río Cauto y sus publicaciones críticas con el régimen en redes sociales.
El juicio contra el opositor se celebró en septiembre anterior y, casi tres meses después, lo notificaron de su sentencia.
Verdecia Rodríguez permanece recluido en la Prisión Provincial Las Mangas, en la provincia de Granma, tras su detención el 6 de febrero pasado.
Inicialmente la petición fiscal era de diez años. Según las conclusiones provisionales de la Fiscalía, en enero de 2024 habría utilizado su perfil en Facebook para publicar contenidos que —según las autoridades— buscaban “perturbar la tranquilidad ciudadana”, generar “irrespeto al orden social y al Estado socialista”, y “llamar a la rebelión contra el sistema y sus dirigentes”.
Este caso refleja patrones reiterados de criminalización del ejercicio de derechos fundamentales, como la libertad de expresión, asociación y participación política. La aplicación del delito de propaganda contra el orden constitucional, formulado de manera amplia y ambigua, permite al Estado castigar expresiones pacíficas de disenso y el activismo cívico no violento.
La condena al activista Alexander Verdecia Rodríguez no es aislada.
Este mes igualmente trascendieron las conclusiones provisionales presentadas por la Fiscalía ante la Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado de Santiago de Cuba, en un proceso penal contra ocho ciudadanos de la provincia de Las Tunas, acusados del delito de propaganda contra el orden constitucional, previsto en el artículo 124 del Código Penal.
La Fiscalía solicita penas de entre 6 y 9 años de prisión, además de sanciones accesorias como el decomiso de teléfonos móviles. Todas las personas acusadas permanecen en prisión provisional en la Prisión Provincial de Las Tunas desde marzo y abril de 2024.
El documento, fechado el 21 de julio de 2025 y firmado por la fiscal Iany Fernández Jomarrón, sostiene que los acusados —Javier Reyes Peña (9 años), Maikel Hill Ramírez (6 años), Guillermo Carralero López (8 años), Carlos Manuel Santiesteban Saavedra (7 años), Carlos Alberto McDonald Ennis (7 años), Enrique González Infante (7 años), Pedro Carlos Camacho Ochoa (7 años) y Adisbel Mendoza Barroso (8 años)— habrían sido vinculados, a través de redes sociales, al movimiento “Cuba Primero”.
Por su parte, Verdecia Rodríguez ha sufrido prisión política anteriormente. En 2015 fue sancionado con 3 meses por reclusión domiciliaria, luego a 6 meses por negarse a pagar una multa de 2 mil pesos y en 2016 fue encarcelado durante un año, por supuesto desacato a la autoridad.
Posteriormente, en 2018, fue condenado a otros 2 meses de prisión domiciliaria.
En 2014 fue expulsado de la Empresa Arrocera Valle del Cauto por pertenecer al movimiento religioso Pastores por el Cambio.