Cubalex tuvo acceso a las conclusiones provisionales presentadas por la Fiscalía ante la Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado de Santiago de Cuba, en un proceso penal contra ocho ciudadanos de la provincia de Las Tunas, acusados del delito de propaganda contra el orden constitucional, previsto en el artículo 124 del Código Penal.
Petición fiscal: hasta 9 años de prisión
La Fiscalía solicita penas de entre 6 y 9 años de prisión, además de sanciones accesorias como el decomiso de teléfonos móviles. Todas las personas acusadas permanecen en prisión provisional en la Prisión Provincial de Las Tunas desde marzo y abril de 2024.
El documento, fechado el 21 de julio de 2025 y firmado por la fiscal Iany Fernández Jomarrón, sostiene que los acusados —Javier Reyes Peña (9 años), Maikel Hill Ramírez (6 años), Guillermo Carralero López (8 años), Carlos Manuel Santiesteban Saavedra (7 años), Carlos Alberto McDonald Ennis (7 años), Enrique González Infante (7 años), Pedro Carlos Camacho Ochoa (7 años) y Adisbel Mendoza Barroso (8 años)— habrían sido vinculados, a través de redes sociales, al movimiento “Cuba Primero”.
Esta iniciativa es calificada por el Estado cubano como una organización “criminal” que, según la acusación, busca “lograr un accionar efectivo desde el escenario virtual para derrocar el sistema político en Cuba”.
Criminalización de la opinión pública
De acuerdo con la Fiscalía, los hechos imputados se sustentan fundamentalmente en:
- La interacción en redes sociales, especialmente Facebook.
- La grabación y publicación de videos en los que las personas acusadas expresaban posiciones políticas.
- La difusión de contenidos críticos y el intercambio con otros usuarios dentro y fuera del país.
- La posesión de impresos y folletos, incluidos materiales relacionados con la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Estas conductas son presentadas como acciones dirigidas a “estimular opiniones adversas” y generar matrices de opinión contrarias al sistema político cubano, sin que se describan actos violentos ni llamados a la violencia.
El escrito fiscal incluye además valoraciones sobre la supuesta “conducta moral y social” de los acusados —como no participar en actividades de organizaciones de masas o mantener una conducta “en desacuerdo con el proceso revolucionario”—, elementos que refuerzan el carácter ideológico, estigmatizante y discriminatorio de la imputación.
Carlos Alberto McDonald Ennis: salud en riesgo y violaciones al debido proceso
Entre las personas acusadas se encuentra Carlos Alberto McDonald Ennis, de 52 años, residente en el poblado de Omaja, municipio Majibacoa, cuyo caso ha sido denunciado anteriormente por Cubalex como parte del patrón de criminalización del disenso político en Cuba.
Según las conclusiones provisionales, McDonald Ennis enfrenta una petición fiscal de siete años de privación de libertad por su presunta participación en la difusión de contenidos vinculados al movimiento “Cuba Primero”.
Cubalex ha alertado que su procesamiento penal se basa en conductas protegidas por el derecho internacional de los derechos humanos, como la libertad de expresión y la asociación pacífica, y que tanto su detención como la prolongada prisión provisional constituyen una respuesta represiva desproporcionada frente a opiniones críticas.
Su situación se agrava por el deterioro progresivo de su estado de salud, sin que reciba atención médica adecuada. McDonald Ennis padece hipertensión arterial, diabetes, pancreatitis, una cardiopatía y un tumor maligno en la cavidad nasal. En septiembre de 2024, sus familiares reportaron episodios recurrentes de sangrado nasal y bucal, así como una pérdida de peso extrema. Estas condiciones se han agravado durante su reclusión, sin acceso a tratamiento oportuno y adecuado.
Su delicado estado de salud resulta incompatible con el régimen penitenciario al que ha estado sometido por más de un año, lo que convierte su permanencia en prisión en una forma de trato cruel, inhumano y degradante, prohibido por los estándares internacionales de derechos humanos.
La familia ha agotado todos los recursos legales disponibles, incluidos varios habeas corpus y solicitudes de modificación de la medida cautelar, sin obtener una respuesta efectiva. A ello se suma la ausencia de garantías procesales básicas: no se han definido con claridad los hechos que se le imputan, no se le han notificado las pruebas en su contra y el plazo legal del proceso penal se ha excedido de forma injustificada, sin constar solicitud fiscal formal ni prórrogas debidamente fundamentadas. Estas irregularidades constituyen graves violaciones al derecho al debido proceso y a ser juzgado en un plazo razonable.
Uso del derecho penal para reprimir el disenso
Este caso refleja patrones reiterados de criminalización del ejercicio de derechos fundamentales, como la libertad de expresión, asociación y participación política. La aplicación del delito de propaganda contra el orden constitucional, formulado de manera amplia y ambigua, permite al Estado castigar expresiones pacíficas de disenso y el activismo cívico no violento.
Asimismo, preocupa el uso de peritajes psiquiátricos, antecedentes penales pasados y valoraciones sociales como elementos de refuerzo acusatorio, lo que puede agravar la situación de personas en contextos de vulnerabilidad.
Cubalex continuará monitoreando este proceso judicial, brindando acompañamiento legal y visibilizando las violaciones al debido proceso y a los estándares internacionales de derechos humanos.
Alertamos sobre el uso del sistema penal como herramienta de represión política y reiteramos la exigencia de la liberación de todas las personas criminalizadas por ejercer pacíficamente sus derechos en Cuba.