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Personas con discapacidad psicosocial sometidas a torturas, malos tratos  y condiciones inhumanas en las prisiones cubanas

12/12/2024 / Análisis Legal, Cubalex

En Cuba, la legislación penitenciaria promete un tratamiento adecuado para las personas privadas de libertad que padecen enfermedades mentales. Sin embargo, la distancia entre lo que establece la ley y lo que ocurre en la realidad es abismal. Mientras el marco legal define garantías de atención médica especializada, tratamiento psiquiátrico y condiciones de reclusión adecuadas, los testimonios y casos documentados muestran un panorama de abandono, maltrato y negación sistemática de derechos básicos.

En este contexto, las personas con discapacidad psicosocial enfrentan un entorno hostil y negligente que no solo agrava sus condiciones de salud, sino que también vulnera los principios de dignidad humana y no discriminación reconocidos internacionalmente. Esta realidad revela el fracaso del sistema penitenciario cubano para cumplir sus propias normas y los tratados internacionales de derechos humanos.

El siguiente análisis expone cómo la brecha entre la ley y la realidad se traduce en sufrimiento, abuso y exclusión para los reclusos con discapacidades psicosociales, evidenciando la urgente necesidad de reformas y acciones concretas para garantizar el respeto a sus derechos fundamentales.

La Ley y la Realidad

Aunque la Ley de Ejecución Penal cubana establece que las personas con enfermedades mentales en prisión deben recibir tratamiento adecuado y ser ubicadas en áreas especiales, en la práctica esto no ocurre. Según la ley, estas personas deberían contar con atención médica y psiquiátrica especializada, en áreas específicas y seguras, adaptadas para reducir barreras arquitectónicas, y que les permitan recibir un tratamiento adecuado para sus necesidades. La ley también prevé que, en caso de una crisis mental o agravamiento de su condición, se debe intervenir con atención médica especializada en hospitales habilitados para este tipo de tratamiento.

Además, cuando una persona privada de libertad desarrolla un trastorno mental durante su internamiento, el tribunal podría suspender la sanción y aplicar medidas de seguridad terapéuticas, o sustituir la sanción por una medida menos severa que le permita recibir el tratamiento necesario fuera de prisión. Sin embargo, en la realidad, estas disposiciones no se cumplen. Las personas con discapacidad psicosocial, como Ismael Rodríguez González, quien sufre de déficit mental, riesgo suicida y trastorno de la personalidad, no reciben los medicamentos ni la atención médica especializada que necesitan. Estos reclusos son integrados en áreas comunes, donde enfrentan un entorno hostil sin el cuidado especializado y la protección que sus condiciones requieren.

Las leyes y políticas penitenciarias de Cuba no cumplen con los estándares internacionales de derechos humanos. En lugar de enfocarse en programas de tratamiento, rehabilitación y reintegración social, el sistema penal cubano adopta un enfoque punitivo que deja a estas personas sin el apoyo necesario para su recuperación. Además, no aseguran la atención continua ni la intervención especializada que exigen los estándares internacionales para garantizar la salud mental y física de las personas privadas de libertad.

Por ejemplo, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificada por Cuba, exige que el Estado garantice la integridad física y mental de todas las personas bajo su custodia. Este compromiso se incumple sistemáticamente en el caso de los reclusos con discapacidad psicosocial, que enfrentan un entorno hostil sin acceso adecuado a medicamentos, tratamiento especializado o condiciones seguras de reclusión. Además, el sistema penal cubano tiende a estigmatizar y castigar a los reclusos con discapacidad psicosocial, especialmente por motivos políticos, lo que refleja un incumplimiento grave de los principios de no discriminación y dignidad humana.

Otro ejemplo del incumplimiento de la normativa nacional es la negación sistemática y selectiva de las licencias extrapenales. Este beneficio penitenciario está diseñado para que los reclusos con problemas graves de salud puedan recibir tratamiento fuera de prisión cuando su estado físico o mental no es compatible con las condiciones del sistema penitenciario. Sin embargo, estas licencias se otorgan sólo en casos extremos, cuando la vida del recluso está en riesgo inminente, a pesar de solicitarse varias veces por parte de la familia del recluso y de ser comprobable la gravedad de su estado de salud. En no pocos casos la licencia extrapenal se niega como castigo por el ejercicio de derechos fundamentales como la libertad de expresión a activistas, periodistas independientes y defensores de derechos humanos y usan estas licencias sólo para evitar la muerte en custodia y evadir responsabilidades. Por ejemplo, Abel Lázaro Machado Conde, quien padece esquizofrenia y ha intentado suicidarse en múltiples ocasiones, se le ha negado repetidamente la licencia extrapenal, dejándolo sin el cuidado adecuado. 

Casos de Represión, Maltrato y Tortura 

Entre 2022 y 2024, Cubalex documentó más de 215 actos de represión contra reclusos con discapacidad psicosocial en las prisiones cubanas. Estos actos incluyen maltratos físicos y psicológicos que agravan la condición de estos reclusos, quienes, en lugar de recibir el cuidado adecuado, son expuestos a situaciones de abuso por parte de otros reclusos y del personal penitenciario, debido a la falta de separación y la incomprensión de sus crisis.

Casos específicos ilustran este patrón de violencia y negligencia institucional. Eugenio Eduardo Sierra Ortega, un prisionero político esquizofrénico, ha sido víctima de abusos constantes, según denuncia su madre. Otro caso es el de Maikel Dávila Ramírez, recluido en el penal El Típico de Manzanillo, ha sido agredido físicamente por los guardias, a pesar de su frágil estado de salud, y Amalio Álvarez González ha sido aislado en celdas sin acceso a su medicación, lo cual ha deteriorado su salud mental.

Además, Kennis Salazar, un recluso con esquizofrenia, fue golpeado brutalmente y mantenido en aislamiento sin acceso a medicación, lo que empeoró sus crisis. Ismael Rodríguez González también ha sido víctima de malos tratos en el establecimiento penitenciario, según denuncias de su madre, Magalis González. Estos incluyen períodos prolongados de aislamiento y la falta de acceso regular a los medicamentos esenciales para tratar su condición. 

En las prisiones cubanas, las autoridades utilizan a reclusos comunes como herramienta de hostigamiento para amenazar e intimidar a los presos políticos. Esta estrategia busca inhibirlos de ejercer sus derechos, generando un ambiente de constante presión y temor que limita sus posibilidades de denuncia y resistencia.

Estos casos reflejan un patrón de represión y abuso hacia personas vulnerables, quienes, en lugar de recibir la atención y protección que requieren, son sometidas a un trato que agrava su sufrimiento y deteriora aún más su salud mental, dejándolas en un estado de vulnerabilidad extrema.

Deficiencias del Sistema Penitenciario

Las prisiones cubanas no cuentan con infraestructura adecuada ni personal capacitado para atender a reclusos con discapacidad psicosocial, lo que agrava sus condiciones de salud. Esto se observa en casos como el de Felipe Octavio Correa Martínez, quien ha sufrido episodios de depresión y crisis nerviosas debido a la falta de medicamentos. Además, la desnutrición es un problema grave que afecta su salud mental y física, como en el caso de Marlon Noval Alonso, cuya condición se deterioró por la falta de alimentos y medicación.

Riesgos de Suicidios y Suicidios 

La falta de monitoreo médico y el entorno hostil en las prisiones cubanas exponen a los reclusos con discapacidad psicosocial a graves riesgos de adicción, autolesiones y suicidio. Sin acceso a atención especializada ni apoyo psicológico efectivo, estos reclusos enfrentan un deterioro constante de su salud mental. Un ejemplo trágico es el caso de Yosandri Mulet Almarales, quien desarrolló una fuerte dependencia a medicamentos psiquiátricos debido a la falta de rehabilitación en prisión. Aislado y sin atención adecuada, su estado mental empeoró hasta que, en un permiso penitenciario, se quitó la vida al lanzarse desde un puente, reflejando la desesperación y pérdida de esperanza generadas por la negligencia y el trato abusivo en el sistema penitenciario.

Otros casos similares evidencian este patrón de abandono y desesperanza. Amalio Álvarez González, también con discapacidad psicosocial, ha intentado suicidarse en varias ocasiones por la falta de medicación y el trato abusivo que recibe. Abel Lázaro Machado Conde, igualmente privado de atención médica adecuada, intentó acabar con su vida en respuesta a los abusos constantes y la falta de acceso a los psicofármacos que necesita. Estos casos reflejan cómo las condiciones inhumanas, la negligencia en el tratamiento y el abuso sistemático incrementan la vulnerabilidad de los reclusos con discapacidad psicosocial, exponiéndolos a un alto riesgo de autolesiones y suicidio. La falta de atención especializada, que a menudo sólo podría brindarse en hospitales civiles, agrava aún más la situación, evidenciando las profundas deficiencias del sistema penitenciario cubano para proteger a las personas más vulnerables bajo su custodia.

Conclusión

La situación de las personas con discapacidad psicosocial en las prisiones cubanas requiere una intervención urgente. Las condiciones inhumanas que enfrentan, la falta de acceso a servicios médicos adecuados y la negligencia del sistema penitenciario en su cuidado constituyen violaciones graves de derechos humanos. La comunidad internacional debe seguir denunciando estas prácticas y exigiendo que Cuba respete los derechos de este grupo vulnerable, garantizando un trato digno y adecuado a su salud mental.

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