Desacato y advertencias oficiales: nuevas formas de una vieja represión

Foto: Archivo Cubalex.

En los últimos días, un caso ocurrido en Santiago de Cuba volvió a poner sobre la mesa un debate que preocupa a muchas personas: ¿por qué los agentes del orden siguen utilizando figuras como el “desacato” o la “peligrosidad social”, si esta última fue eliminada del Código Penal? La confusión no es casual. Aunque el término peligrosidad predelictiva fue derogado con la entrada en vigor de la Ley 151/2022, las autoridades continúan aplicando su lógica represiva mediante las llamadas actas de advertencia oficial. Hoy, una persona puede terminar en prisión no por cometer un delito, sino por “no obedecer” una orden arbitraria o por “ignorar” una advertencia policial.

Un activista de Santiago de Cuba relató a Cubalex que fue amenazado en la Cuarta Unidad de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), conocida como la motorizada. Durante el interrogatorio, el oficial Mario le prohibió salir de su casa con su teléfono celular y le advirtió que, si lo hacía, sería detenido y despojado de sus bienes.

También le comunicó que había sido fichado en un expediente de “peligrosidad predelictiva” y que podría ser sancionado con prisión de cinco a ocho años si desobedecía futuras órdenes. Aunque esta figura ya no existe en la ley, su invocación demuestra cómo el imaginario represivo permanece intacto y cómo los agentes se valen del miedo y la desinformación para imponer obediencia.

El delito de desacato sigue siendo una de las herramientas más utilizadas para castigar la disidencia pacífica y criminalizar a personas críticas del Estado. En la misma provincia, el exprisionero político Óscar Corría Sánchez, de 25 años, fue acusado de desacato y detenido tras negarse a trabajar para el Estado.

Su caso ilustra un patrón que Cubalex ha documentado de forma reiterada: citaciones o detenciones sin orden judicial, imposición de actas de advertencia y amenazas con sanciones por desobediencia o desacato si la persona “reincide”. En la práctica, estas actas sustituyen la antigua figura de la “peligrosidad predelictiva”, pero con un riesgo aún mayor: el incumplimiento de una advertencia puede llevar directamente a prisión.

El artículo 434 del Código Penal vigente permite al Ministerio del Interior “advertir oficialmente” a quien, según su criterio, sea proclive a quebrantar el orden social. El artículo 189, por su parte, castiga con cárcel a quien incumpla esas advertencias, bajo el delito de desobediencia. En teoría, se trata de una medida preventiva; en la realidad, es una herramienta de control social. Se aplica sin procedimiento judicial, sin la presencia de un abogado defensor y sin que la persona reciba copia del acta. Además, las advertencias suelen utilizarse como antecedentes para justificar detenciones posteriores.

Esta práctica vulnera el principio de legalidad penal, que establece que nadie puede ser sancionado por actos que no constituyen delito, y traslada el poder de los jueces a la policía, lo que el derecho internacional considera una forma de justicia arbitraria. En Cuba, este tipo de medidas refuerza la impunidad y consolida la subordinación del derecho penal a los intereses políticos del Estado, en lugar de a la protección de los derechos y libertades de las personas.

Es importante recordar que la peligrosidad predelictiva fue eliminada del Código Penal cubano y que ninguna persona puede ser sancionada por la mera posibilidad de delinquir. Las advertencias oficiales no son órdenes judiciales, sino actos administrativos sin control ni supervisión de un tribunal. Si un agente amenaza con prisión por una advertencia o por negarse a acatar órdenes sin fundamento legal, está actuando fuera de la ley.

El problema, sin embargo, no es solo jurídico, sino también cultural. Durante décadas, la población ha asociado las advertencias policiales con la antigua figura de la “peligrosidad”, y las autoridades se aprovechan de ese temor para perpetuar un sistema de control social basado en la intimidación y la obediencia.

Desde Cubalex recordamos que ninguna persona puede ser castigada por ejercer su derecho a opinar, a no trabajar para el Estado o a disentir pacíficamente. El uso del desacato y de las advertencias oficiales demuestra que la estructura de represión en Cuba no ha desaparecido: simplemente ha adoptado nuevas formas para mantener la misma lógica de control.

Defender los derechos humanos comienza por conocer la ley y denunciar su uso arbitrario. Por eso, Cubalex seguirá documentando cada caso, acompañando a las víctimas y explicando con claridad cómo el Estado utiliza el derecho penal como instrumento de miedo y silencio.

Descubre más desde Cubalex

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo