Foto: Archivo Cubalex.
La ciudadana cubana María Padilla denunció en redes sociales que acudió a una estación de policía en Camagüey para reportar un intento de estafa telefónica. El oficial de guardia le respondió que el hecho “no era delito” al no haberse consumado, archivó su declaración y se negó a iniciar una investigación, a pesar de que la denunciante aportó datos concretos como el número de tarjeta bancaria y el celular utilizados por el estafador.
Qué dice el Código Penal cubano
El Código Penal cubano (arts. 13 y 14) es claro: la tentativa de delito es punible cuando el autor inicia actos exteriores dirigidos a su consumación, aunque no logre el resultado. En el caso de las estafas, el contacto con la víctima y la utilización de datos sensibles —como tarjetas bancarias o números telefónicos— constituyen actos de ejecución en grado de tentativa. En consecuencia, la autoridad policial estaba obligada a investigar de oficio.
La obligación de la policía y la falta de diligencia
La negativa del oficial no solo refleja una falta de debida diligencia, sino que contradice de manera directa las obligaciones jurídicas impuestas por la ley. Alegar que los datos eran “confidenciales” carece de sustento legal, ya que el marco normativo faculta a las autoridades a acceder a esa información para fines de investigación penal.
La doble vara en la actuación estatal
Este caso expone una doble vara en la actuación estatal. Mientras los órganos investigativos despliegan con eficacia recursos técnicos para rastrear teléfonos, intervenir comunicaciones y vigilar a ciudadanos críticos en redes sociales, se declaran incapaces de actuar frente a delitos comunes que afectan cotidianamente a la población.
Consecuencias jurídicas: la figura de la prevaricación
Negarse a radicar la denuncia configura el delito de prevaricación, tipificado cuando un funcionario se niega a cumplir sus funciones o actúa en contra de lo dispuesto por la ley. La omisión policial no solo perpetúa la impunidad de los estafadores, sino que genera revictimización, traslada la carga de la protección al ciudadano y deniega el acceso a la justicia, debilitando la confianza en las instituciones y el derecho a una tutela judicial efectiva.
Mientras las autoridades cubanas emplean con eficacia herramientas como la interceptación de comunicaciones y el rastreo de llamadas para vigilar y reprimir a ciudadanos por su actividad en redes sociales, se alegan limitaciones técnicas o legales para atender delitos que afectan directamente a la población, como las estafas telefónicas. Esta doble vara revela que los recursos del Estado no están orientados a la protección de la ciudadanía, sino a garantizar el control político.
La negativa de la policía a registrar una denuncia por tentativa de estafa constituye un incumplimiento grave de sus obligaciones legales. Este actuar configura el delito de prevaricación y representa, además, una violación del deber de debida diligencia impuesto por la ley a los órganos policiales y fiscales. Como consecuencia, se perpetúa la impunidad de los estafadores, se genera revictimización al trasladar la carga de protección a los ciudadanos y se erosiona la confianza en el sistema de justicia, debilitando aún más el acceso a la tutela efectiva de derechos.