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Instrucciones de Cubalex para presentar un habeas corpus

17/06/2024 / Consejos legales

Para presentar adecuadamente el escrito de habeas corpus ante un tribunal, el equipo legal de Cubalex recomienda seguir las siguientes instrucciones:

1. Preparación de las copias:

-Imprima un total de dos copias del escrito.

-Guarde una copia y prepare la otra para ser entregada en el Tribunal Provincial Popular (TPP).

-Es suficiente presentar una única copia del escrito al tribunal, dado que la legislación vigente solo contempla la denegación de la solicitud si se evidencia una falta de fundamentos legales. Además, para emitir una resolución no se requiere enviar copia del escrito a otras autoridades, según el Artículo 790 de la Ley del Proceso Penal.

2. Entrega en el tribunal:

-Acuda al Tribunal Provincial Popular con las dos copias del escrito y entregue una al personal correspondiente.

3. Recibo de acuse:

Al momento de entregar la copia, solicite que le pongan un acuse de recibo en la copia que se queda para usted. Este debe incluir:

-Nombre, apellidos y cargo de la persona que recibe el documento.

-Fecha, hora y lugar de la entrega.

-Sello oficial (cuño) y número en el registro de entrada del tribunal.

Si no dispone de toda la información requerida, es aconsejable abstenerse de entrar en confrontaciones con el personal del tribunal. En su lugar, es preferible retirarse de manera pacífica, asegurándose de conservar los datos que haya conseguido hasta ese momento.

4. Documentación de la entrega:

-Una vez que haya salido del tribunal y esté en un lugar seguro, tome una fotografía clara como evidencia de que ha realizado la presentación del escrito.

-Envíe la foto a Cubalex para confirmar la entrega.

5. En caso de rechazo:

Cubalex expresa su preocupación por los reportes de que diversas personas que acuden a los tribunales provinciales para tramitar habeas corpus enfrentan la negativa de los funcionarios a recibir dichos escritos, alegando incorrectamente que solo un familiar o abogado puede presentarlos. Ante esta situación, instamos a los afectados a que, si se enfrentan a un rechazo basado en esta premisa, hagan valer sus derechos recordando al personal del tribunal que, según lo establecido por la ley, cualquier persona ilegítimamente privada de libertad puede ejercer el derecho de presentar un recurso de habeas corpus personalmente o a través de cualquier otra persona, conforme al Artículo 96 de la Constitución de la República de Cuba y el Artículo 787 de la Ley del Proceso Penal.

Negar este derecho podría incurrir en un acto de prevaricación por parte del funcionario. Si la negativa persiste, tome nota de:

-Nombre completo o alias y cargo u ocupación de la persona que no acepta el escrito.

-Nombre del tribunal, fecha y hora exacta de la negativa.

-Envíe esta información a Cubalex para su registro y las acciones correspondientes.

6. Si el tribunal no responde:

Si transcurren más de 72 horas desde el día siguiente de la presentación del escrito sin recibir respuesta, usted debe:

-Volver al tribunal y solicitar una respuesta formal a su escrito de habeas corpus.

 Anote en un papel los detalles de su interacción con el personal del tribunal, incluyendo:

-Nombre completo o alias y cargo u ocupación de la persona que le atiende.

-Nombre del tribunal, fecha y hora.

-Pida una firma como evidencia de su visita y consulta.

-Envíe una copia de estas notas a Cubalex para documentar cualquier irregularidad y para que podamos proceder con la denuncia correspondiente. 

-Si no dispone de toda la información requerida, es aconsejable abstenerse de entrar en confrontaciones con el personal del tribunal. En su lugar, es preferible retirarse de manera pacífica, asegurándose de conservar los datos que haya conseguido hasta ese momento.

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