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Hostigamiento y abuso de autoridad contra activista Yasser Ravelo en Guantánamo

07/06/2024 / Alertas, Cubalex

La Fiscalía Provincial de Guantánamo se negó a aceptar un recurso de apelación presentado por el activista Yasser Ravelo Díaz contra la multa que le aplicaron por el Decreto Ley 370, lo que constituye una clara violación de sus derechos fundamentales.

El 14 de mayo, el activista fue citado a presentarse en la unidad de Operaciones de Guantánamo, donde lo multaron por sus publicaciones en redes sociales y oficiales de la Seguridad del Estado lo amenazaron con encarcelarlo. Le dijeron que no era cuentapropista ni sociólogo y que estaba loco. Intentaron vincularlo con el movimiento Escudo Cubano y le hicieron un acta de advertencia. Además, un oficial lo provocó para pelear. Este trato cruel, inhumano y degradante, también es una forma de tortura.  

La instructora penal durante el interrogatorio, quien se negó a identificarse, le negó el talonario correspondiente a la multa. A pesar de las múltiples gestiones realizadas, Yasser pudo acceder al talonario más de 20 días después. Cuando la directora de la Oficina Territorial de Control (OTC) del MINCOM le entregó el talonario, se negó a admitir el recurso de apelación argumentando que el término para su presentación había expirado.

Es importante destacar que Yasser intentó presentar el recurso de apelación en cinco ocasiones, y en todas ellas fue rechazado con excusas como que la oficina no estaba operativa debido a reparaciones. Además, la funcionaria le informó a Yasser que el plazo para presentar el recurso era de 3 días hábiles, que es el término general para contravenciones, no el específico para las contravenciones del Decreto Ley 370, que es de 15 días hábiles.

El término general para interponer recursos contra multas por contravenciones comienza a contar a partir del día siguiente a la entrega del talonario, según lo establece el artículo 21 del Decreto Ley 99 de 1987. Por lo tanto, el plazo comenzaba a transcurrir desde el momento en que la funcionaria le entregó el talonario. Yasser incluyó esta información en el recurso e intentó presentarlo nuevamente, pero sin éxito.

Finalmente, se personó en la Fiscalía, órgano con mandato constitucional de velar por el cumplimiento de la legalidad, para informar de la violación y presentar el recurso dentro del término legal, pero también se negaron a recibirlo y atenderlo.

Este hostigamiento contra Yasser viola sus derechos al pensamiento, la conciencia y la expresión, agravado por la violación de su derecho a acceder a la justicia, tal como estipulan los artículos 54 y 92 de la Constitución nacional. La actuación de las autoridades constituye múltiples delitos previstos en el Código Penal, incluyendo tortura, prevaricación, abuso de autoridad y delitos contra la libre emisión del pensamiento, la conciencia y la expresión.

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